Acuerdo cerrado, debate sigue

El país tiene todo el derecho a debatir el nuevo acuerdo, así se presente como inmodificable. Así no sea previsible otro plebiscito, sí debe haber un mecanismo refrendatorio que vincule a la sociedad.

Mientras el sábado pasado el negociador jefe de la delegación del Gobierno en La Habana para los diálogos con las Farc, Humberto de la Calle, y el presidente Juan Manuel Santosanunciaban el nuevo acuerdo con esa guerrilla, y aseguraban que recogía casi todas las propuestas presentadas por los voceros del No en el plebiscito, el asesor de las Farc, el exministro Álvaro Leyva, llamaba la atención sobre el apresuramiento de muchos en opinar sobre unos textos que no se habían divulgado aún.

Ayer se conoció el nuevo texto y, como lo advirtieron tanto alias “Iván Márquez” como Leyva, la estructura y propósitos del acuerdo anterior siguen siendo los mismos. Decía Márquez que “hay que frenar la difusión de cierta versión sesgada del nuevo acuerdo de paz”.

Leído el nuevo texto se encuentran modificaciones, algunas de ellas importantes, pero en este segundo acuerdo se introducen más que todo precisiones. Y en otros puntos se adicionan concesiones favorables a las Farc que no estaban especificadas antes.

En el capítulo de la nueva Jurisdicción Especial de Paz (JEP), contrario a lo que muchos entendieron inicialmente, no se adscribe a la Jurisdicción Ordinaria. Sigue siendo autónoma, se dará ella misma sus normas de procedimiento, aunque tendrán cierta forma de control a través de la acción de tutela, que se abre de forma restringida para sus decisiones de última instancia. No habrá magistrados extranjeros y su duración quedó acotada, con posibilidades de prórrogas sin definir sus plazos.

Es positivo que se haya abierto la posibilidad de acceso de las organizaciones de víctimas a los medios de comunicación estatales, así como su presencia en las audiencias públicas de juicio a quienes sean procesados por la JEP.

Se concreta la obligación de aportar información sobre la cadena del narcotráfico, y se hace mayor énfasis, sin llegar a ser un mandato ineludible, aportar una relación de bienes producto del delito para efectos de reparación a las víctimas. El Estado, en todo caso, sigue siendo el responsable subsidiario de las indemnizaciones.

En los principios de interpretación del Acuerdo se añaden de forma expresa el respeto a la propiedad privada, el pluralismo político y la división de poderes, entre otros.

El Acuerdo sigue siendo considerado “Acuerdo Especial” dentro del marco de los Convenios de Ginebra de 1949 y por tanto, instrumento de derecho internacional.

El mecanismo de refrendación será acordado por el Gobierno y por las Farc. No por decisión unilateral del presidente de la República, como lo han asegurado funcionarios del Gobierno. Todas las posibilidades quedan abiertas, incluso el plebiscito, aunque nadie apueste por incurrir de nuevo en ese riesgo.

El presidente Santos y Humberto de la Calle reconocieron que el punto más polémico no pudo ser modificado: la posibilidad de que los responsables de graves crímenes pudieran ser elegidos a cargos de elección popular. Las partes insisten en que el objetivo de un acuerdo político es ese. Sin embargo, de lo que se trataba no era de excluir a los miembros de las Farc de ejercer actividad política, sino, en concreto, que los responsables de crímenes graves no pudieran ser elegidos.

El país fue notificado, como en el primero, de que este acuerdo ya es inmodificable. Se firmó y solo queda leerlo. Queda la duda de si el Congreso, si esa es la vía escogida para su refrendación, puede objetar el alcance de ciertas disposiciones. Lo claro, por el momento, es que el debate no queda cerrado aquí.

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