Consulta anticorrupción

La consulta popular es uno de los mecanismos de participación creados en la Constitución de 1991. Busca preguntarle a los ciudadanos sobre un asunto de “trascendencia nacional”. La decisión será obligatoria.

“Se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral”. El censo para esta consulta es de 36.421.026 de colombianos, es decir, el umbral es de 12.140.342 ciudadanos. Superado el umbral, cada una de las preguntas necesita que al menos la mitad más uno de los votantes lo haga favorablemente.

La consulta anticorrupción trae siete preguntas. Dos de ellas son inconstitucionales porque no se pueden realizar consultas “sobre temas que impliquen modificación a la Constitución”: la 1 plantea rebajar el salario de los congresistas y la 7 propone que los congresistas, los diputados y los concejales no puedan serlo sino un máximo de tres períodos. En ambos casos habría que reformar la Constitución para hacer los cambios. Además, en ninguno parece obvio que haya un problema de corrupción. Se puede discutir si es conveniente que los altos funcionarios del Estado ganen lo que ganan, pero es lo que les corresponde por ley. Por cierto, esa pregunta afectaría no solo a los congresistas sino a muchísimos funcionarios del Estado, incluyendo magistrados, jueces y fiscales, porque sus salarios se establecen con base en el de los congresistas. Si bajan los de los parlamentarios, bajan también los de esos funcionarios. Y es posible debatir si es prudente que un concejal esté más de tres períodos, pero que lo esté no lo hace ser corrupto.

En las otras cinco preguntas estamos todos de acuerdo. Pero el grueso ya está en el ordenamiento legal: no se pueden conceder subrogados penales ni prisión domiciliaria y hay que terminar los contratos a los corruptos, por ejemplo, y la rendición de cuentas es una obligación legal así como la de presentar declaración de renta. Así las cosas, ¿qué de lo que se aprobará en la consulta sería ”obligatorio” que no lo sea ya? Habría que buscarlo con lupa.

¿Entonces, tiene sentido la consulta? Los promotores podrían decir que sí, como una declaración política contra la corrupción. Pero ese no es el propósito de las consultas y el costo es excesivo. La consulta vale entre 300 y 350 mil millones de pesos, según el Registrador Nacional. Si en el grueso de lo que se propone estamos todos de acuerdo y ya está en el ordenamiento jurídico y lo que no está no puede ser aprobado en una consulta y no está claro que sea lo más conveniente, ¿no era mejor, y de paso más ético, gastarse ese dineral en salud, educación, y seguridad?

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