Detrimento patrimonial por venta de Isagén

Ya empieza a preocupar a los funcionarios del Gobierno que el potencial detrimento patrimonial derivado de la ilegal e inconveniente venta de Isagén sea un hecho una vez se adjudique a un extranjero tan estratégica empresa.

El detrimento para la Nación se podrá cuantificar, por una parte, cuando se concrete que el actual flujo de caja proveniente de dividendos por $277.237 millones anuales, cierto, recurrente y protegido por la Regla Fiscal, desaparezca del presupuesto nacional y se convierta en un flujo de cero pesos al año. El detrimento también se podrá medir cuando quede probado que para financiar las vías de 4G se recurrió a la venta de un activo público cuyo retorno, rentabilidad o costo de oportunidad para la Nación es de 10,2% anual, en lugar de acudir a alternativas de fondeo con costo de oportunidad inferior para los colombianos, como deuda interna, deuda externa o titularización de los flujos de caja de la propia Isagén.

Reconoce el Gobierno, para justificar la venta, que “el retorno económico (TIR Económica) para el país del programa 4G es de 18,3%, es decir, muy superior al retorno por la participación accionaria de Isagén”, el cual también acepta que es del 10,2% anual, sin embargo, el detrimento económico quedará probado, no por la diferencia o comparación entre estas dos rentabilidades, sino por la comparación entre el 10,2% de rendimiento anual que perdería la Nación al vender Isagén y las tasas o costos de oportunidad inferiores de otras varias alternativas financieras, tales como la deuda pública en pesos al 6,8% anual o la deuda en dólares al 5,4% anual con plazo de treinta años, y que deben ser evaluadas técnicamente y tenidas en cuenta por los funcionarios públicos por mandato de la ley. Algo que no han cumplido.

Así las cosas, la materialización de un detrimento económico para la Nación no se queda en una mera hipótesis académica, ni en inofensivo “argot burocrático”, ni en un “hechizo paralizante” para congelar esta terca iniciativa gubernamental. Sería una conducta tipificada penalmente como peculado por apropiación en favor de terceros, entre otros delitos, y que deberá ser explicada ante la justicia por los responsables de este oscuro proceso de expropiación de lo público.

Por el momento, y para suerte de los funcionarios involucrados, estamos a tiempo de frenar este atropello técnico, jurídico y político contra los ciudadanos de todos los niveles, en especial de los estratos 1, 2 y 3 que representan el 83% de los usuarios de energía eléctrica en el país. Aún pueden tener la suerte de que, con una moción de censura, los 80 senadores que se oponen a esta venta hagan respetar los derechos de sus representados y les eviten dolores de cabeza judiciales a muchos en el Gobierno.

Share on facebook
Facebook
Share on google
Google+
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn

Buscar

Facebook

Ingresar