El derecho y la paz

La paz se construye de la mano del Derecho y de la Justicia. Las normas pueden ajustarse para lograr de mejor forma un orden justo, pero no es sacrificando el Derecho como se alcanzará la paz.

El nuevo presidente de la Corte Suprema de Justicia, el magistrado de su Sala Penal José Leonidas Bustos, se estrenó en su cargo afirmando, entre otras cosas, que “estamos en un proceso de reconciliación y, en ese contexto, hay que asegurar que el derecho no sea un obstáculo para la paz” (entrevista a Yamid Amat, El Tiempo, domingo 08/02/2015).

Tal afirmación la reitera al menos tres veces, con esas o con similares palabras (“Ninguna institución jurídica puede ser obstáculo o camisa de fuerza para impedir la construcción de la paz”). Parece derivarse de ello que el nuevo presidente de la Corte Suprema, que según el reportaje habla en representación de toda la corporación, se adscribe al grupo que asume el Derecho como mero instrumento de quitar y poner según sea la finalidad de que se trate.

Y, además, también identifica la paz, valor absoluto, con los diálogos en La Habana, destinados a la desmovilización de parte de la guerrilla. Esta asimilación entre un valor (el fin de la paz) y un mecanismo de distensión, (como medio, los diálogos) traerá muchas frustraciones a quienes se dejan llevar acríticamente por el eslogan.

El Derecho es una construcción colectiva, que hace parte del acervo cultural de una Nación para lograr un orden justo que permita, entre otras cosas, la convivencia pacífica. Considerarlo un obstáculo para lograr ciertos acuerdos de paz no solo es un despropósito, sino que es una posición que merece reproche intelectual y moral.

El Derecho es el que propende por la convivencia pacífica. Y quien destruye la convivencia pacífica no es quien aplica el Derecho para restablecer el orden y la juridicidad, sino quien delinque, quien viola los derechos de los demás a su vida, honra y bienes.

Es perfeccionando y asegurando el orden justo del que hablan el Preámbulo y el artículo 2 de nuestra Constitución como se llega a la paz. No sacrificando el derecho para remover la aplicación de justicia, asumida esta última como “obstáculo” en mala hora ya no solo por los guerrilleros, sino también por algunos de los más altos personeros de la Rama Judicial.

Es muy lamentable que el fiscal general de la Nación, y ahora el presidente de la Corte Suprema de Justicia, promuevan que el artículo 22 de la Constitución (“La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento”) deba entenderse al margen de todo el resto de la estructura constitucional. Porque es imposible separar esa disposición programática de esta otra: “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución (…) y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo”. No hay orden justo sin Derecho. No hay paz posible sin Justicia.

Lamentablemente, el presidente de la Corte Suprema no se queda ahí. Frente a los delitos de lesa humanidad dice que “el Estado tiene la obligación de investigarlos y aclararlos”. Omite (o en el reportaje publicado no sale) que el Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional (CPI), suscrito por Colombia, agrega otro deber: castigarlos.

Por si alguien abriga dudas, queda este otro principio del Estatuto de Roma, al referirse a los crímenes que ofenden la conciencia de la Humanidad: “Reconociendo que esos graves crímenes constituyen una amenaza para la paz, la seguridad y el bienestar de la Humanidad”.

¿Cuándo acá aparecen ahora los encargados de aplicar el Derecho para hacer efectiva la Justicia, invirtiendo los valores y pidiendo la declinación de la ley? ¿Dónde queda la vigencia de un orden justo, dónde la igualdad ante la ley?.

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