Plazas Vega, absuelto

De lo que se trataba era de dilucidar la responsabilidad personal del coronel, y no de cobrar en cabeza suya la actuación institucional del Ejército. Y eso fue lo que hizo la Corte Suprema.

El proceso penal que se le siguió al coronel (r) del Ejército Nacional, Luis Alfonso Plazas Vega, definía no solo la suerte individual de un alto oficial de las Fuerzas Armadas, al examinar a la luz del Código Penal su actuación durante el operativo contra la toma guerrillera del Palacio de Justicia, el 6 y 7 de noviembre de 1985, sino que también se asumió por muchos sectores del país, incluido el judicial, como un proceso contra la actuación del Estado, representado en las Fuerzas Militares.

Y fue esta segunda connotación la que, a nuestro juicio, contaminó tanto el estudio de los expedientes referentes al caso Plazas Vega como a las opiniones que sobre ese proceso se quisieron formular como verdades con consecuencias judiciales.

El entonces coronel Plazas Vega, como comandante de la Escuela de Caballería de Bogotá, no fue quien comandó el operativo de la fuerza pública que, ante la toma del Palacio de Justicia por parte del M-19, obligaba a una reacción de las autoridades del Estado para restablecer la legalidad. Sin embargo, la imagen icónica del uniformado, ataviado con casco militar y radioteléfono, respondiendo que su misión era “mantener la democracia, maestro”, lo hicieron reconocible por la opinión pública, mientras oficiales de superior rango han mantenido, hasta hoy, total bajo perfil.

En enero de 2012, una sala del Tribunal Superior de Bogotá ratificó la condena de primera instancia contra Plazas Vega, a 30 años de prisión, como responsable de la desaparición de dos personas que salieron vivas del Palacio de Justicia: el administrador de la cafetería,Carlos Rodríguez Vera, y la guerrillera del M-19 Irma Franco.

El coronel, quien en todo momento reclamó su inocencia y su apego a las normas legales en su actuación de hace 30 años, acudió en casación a la Corte Suprema de Justicia, cuya Sala Penal, por cinco votos a favor y tres en contra, revocó la condena y procedió a absolverlo.

Es muy importante la precisión que hace la Sala Penal: en este expediente se estudió la responsabilidad personal del coronel y las pruebas allegadas al proceso. Se trataba de dilucidar su participación en dos desapariciones forzadas, y no en enjuiciar la retoma del Palacio. Es decir, la Corte Suprema corrige la confusión de la que hablábamos al principio, y que dejaba la duda de si al coronel Plazas Vega lo habían enjuiciado y condenado por lo que hizo u omitió, o si lo habían privado de la libertad por lo que representaba (una figura destacada de las Fuerzas Militares).

La mayoría de los magistrados de la Sala Penal consideraron que los testimonios que lo incriminaban no ofrecían credibilidad y eran contradictorios. Y nadie puede ser condenado sin tener certeza sobre su responsabilidad. Además, dice la Corte, Plazas Vega no era quien tenía el manejo de la Casa del Florero, donde llegaban los rescatados del Palacio, varios de los cuales, hasta hoy, no se sabe dónde están.

La sentencia absolutoria de la Corte debe ser acatada. No es caprichosa ni obedece a motivaciones que no sean jurídicas. Los magistrados obraron en derecho y no atendieron causas distintas a lo probado en el proceso, incluso teniendo presente el dolor por lo que pasó hace 30 años, más que justificado.

Plazas Vega estuvo ocho años preso. Y su viacrucis judicial puede que no termine todavía. Sabe bien que el país aún espera saber muchas verdades, la verdad, sobre lo ocurrido hace 30 años. Sin renunciar a su derecho inalienable de exigir el reconocimiento a su inocencia, judicialmente declarada en última instancia, él y sus otros compañeros de milicia pueden ayudar aún a resolver tantos interrogantes.

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