Plebiscito y su rol de legitimidad democrática

La Corte Constitucional, en el famoso fallo sobre el plebiscito especial, adujo que la finalidad de este era básicamente otorgar legitimidad democrática a los acuerdos de paz. En este sentido, incluso, subrayó que en caso de que el llamado acuerdo final entre el gobierno Santos y las Farc fuere denegado en las urnas, como en efecto ocurrió por la voluntad mayoritaria del pueblo colombiano, podía realizarse otro acuerdo de paz y someterlo a refrendación popular. 

Eso, la mayor cantidad de legitimidad democrática posible, es precisamente lo que se quiere evadir actualmente, después de haberse prometido en todos los tonos y de forma reiterada que el pueblo tendría la última palabra. 

Desde la Constitución de 1991 en Colombia existe el concepto de soberanía popular. Es decir que, como reza el artículo 3 constitucional, “la soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes”. 

Lo anterior, precisamente, es la diferencia entre democracia directa y democracia indirecta. La primera se manifiesta a través del referendo, el plebiscito o las consultas populares, y la segunda por medio de las elecciones para las corporaciones públicas.

El Congreso, pues, no tiene ninguna capacidad de refrendación. De hecho dentro de la estructura del Estado le corresponde exclusivamente, como Rama Legislativa, reformar la Constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el Gobierno y la administración (Art. 114). A ello se le añaden algunas atribuciones protocolarias, judiciales, administrativas y electorales, así como disponer de sus propios recursos, elegir magistrados y titulares de organismos de control, sumado todo ello a realizar los juicios constitucionales pertinentes. En ningún caso puede ejercer la soberanía popular directa, es decir, asumir la vocería del pueblo en lo que no sea propio de esas funciones expresamente referidas. 

De hecho, a las cámaras legislativas les está prohibido, entre otros asuntos, inmiscuirse por medio de decisiones o leyes en temas de competencia privativa de otras autoridades, lo mismo que dar votos de aplauso a los actos oficiales. Esto quiere decir que no es posible, como algunos andan diciendo, que el Parlamento pueda simplemente aplaudir la política pública que ha llevado el proceso de paz al último acuerdo y que eso pueda ser equiparado como un acto de refrendación popular. 

Mejor, a los efectos, es que el Gobierno diga que no quiere ningún tipo de refrendación y con ello se sabrá de una vez por todas que no habrá acción directa de la soberanía popular. E igualmente se hará la notificación internacional de que no se quiso ningún consenso político previo ni la legitimidad democrática aducida por la Corte Constitucional, sino que simplemente se tramitarán algunas leyes que, asimismo, pueden ser revocadas o derogadas posteriormente.

Desde hace tiempo insistimos, muchísimo antes del plebiscito, que lo ideal, necesario y perentorio para la paz era el consenso político, puesto que ella debía tener alcances nacionales determinantes. Teniendo todos los colombianos interés en cambiar el escenario de depredación y barbarie, lo lógico era un acuerdo nacional a los efectos. Y es lo obvio por cuanto es un tema que toca a todos y cada uno de los colombianos. Ahora se sigue por la ruta menos aconsejable que es la de la polarización, precisamente el peor ingrediente para lo que se suponía una paz estable y duradera. Y bajo esa tesis, lo que se abre de nuevo es el divisionismo, la prepotencia y la manipulación de las instituciones.

Desde el punto de vista de la historia no es bueno que en ella el llamado acuerdo final quede derrotado en el plebiscito sin resarcimiento posterior del pueblo. Es decir, que de todas maneras perdurará el resultado del plebiscito como el acto popular por excelencia pero que luego se tramitó el acuerdo con desconocimiento del dictamen de las urnas. 

Nunca es aconsejable desoír la voz del pueblo porque ello siempre tendrá repercusiones a corto, mediano y largo plazos para la democracia colombiana.

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