Regalo de año nuevo para latifundistas e inversionistas

El modelo de desarrollo económico rural propuesto por el Gobierno y aprobado este mes por el Congreso favorece la concentración del uso de la tierra a grandes inversionistas.

Innumerables intentos ha hecho el Gobierno Santos para lograr la aprobación de un modelo de desarrollo rural que, lejos de facilitar la democratización de la tierra, promueve su acaparamiento. 

El primero tuvo lugar por medio de la expedición del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, el cual fue frenado por la Corte Constitucional. Los siguientes 4 intentos fueron fallidos dado que los involucrados en su trámite y aprobación tenían tierras en la Altillanura y un posible interés directo.

Recientemente, el Congreso de la República aprobó el proyecto de ley que crea y desarrolla las Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social –Zidres-. El modelo aprobado pretende impulsar el desarrollo de proyectos agroindustriales a gran escala, para lo cual se constituirán Zonas Francas Agroindustriales “como instrumento para la creación de empleo y para la captación de nuevas inversiones de capital, que promoverán la competitividad en las regiones donde se establezcan y el desarrollo de procesos industriales altamente rentables y competitivos”. Este modelo, que inicialmente se contemplaba para la Altillanura, se extendió de forma indeterminada, pudiendo cobijar varios territorios de apertura de la frontera agrícola.

La aprobación de esta ley genera enormes preocupaciones teniendo en cuenta que a la fecha no se ha garantizado la desconcentración de la tierra y el acceso progresivo a la misma a favor de los campesinos y trabajadores agrarios. Adicionalmente, varias disposiciones merecen ser cuestionadas.

En primer lugar, el artículo 13 establece que para la ejecución de los proyectos productivos se podrá solicitar al Gobierno Nacional la entrega en concesión, arrendamiento o cualquier otra modalidad, de bienes inmuebles de la nación ubicados en las Zidres.

Con este artículo se modifica la disposición de baldíos de forma que éstos pueden ser entregados directamente en arrendamiento u otras modalidades a grandes inversionistas -asociados con los campesinos- sin ningún tipo de límite o criterio. La ley no establece restricciones claras respecto de plazos y extensiones para la explotación de estos baldíos, circunstancia que abre paso al aprovechamiento sin límites de estas tierras y a la agudización de su acaparamiento. Tampoco se establecen con claridad los criterios con los cuales se determinará la contraprestación dineraria a la que se obligan los grandes empresarios.

En segundo lugar, el parágrafo de este mismo artículo permite que las personas que se encuentren ocupando predios baldíos y que, a la fecha de declaratoria de las Zidres, no cumplen con los requisitos establecidos en la ley 160 de 1994 para ser beneficiarios de la titulación, podrán vincularse a proyectos productivos asociativos o celebrar contratos que les permitan explotar los predios que ocupan.

Esta norma genera muchas preocupaciones por cuanto abre paso a la explotación de baldíos por parte de “personas” que lograron acumular tierras -de manera irregular- que estaban destinadas a campesinos de escasos recursos y sin tierra. Adicionalmente, sin que sea menos grave, esta norma puede incentivar nuevas ocupaciones por fuera de los requisitos, esperando legalizaciones futuras.

En tercer lugar, esta ley reproduce el modelo de alianzas productivas, donde los campesinos pueden entregar baldíos adjudicados a terceros, lo que constituye claramente un retroceso respecto de la ley 160, la cual impide la acumulación de baldíos adjudicados en cabeza de grandes propietarios.

El “modelo de desarrollo económico regional” -recientemente aprobado- promueve el uso, la expotación y concentración de baldíos para desarrollar en estos proyectos agroindustriales a gran escala. Esta iniciativa se aprobó sin que a la fecha se observen avances claros en el impulso de la economía campesina. Así, por ejemplo, no se ha hecho nada para liberar territorios fértiles, hoy ocupados por ganadería extensiva, no se han aprobado nuevas zonas de reserva campesina, ni se han recuperado de manera decisiva baldíos indebidamente ocupados y acumulados. Por el contrario, esta nueva ley permite sanear estas situaciones irregulares.

Estas políticas resultan problemáticas no solo por las dudas que generan frente a su constitucionalidad, sino además porque parecen contrarias al acuerdo que viene siendo discutido en La Habana y a las recomendaciones de la misión rural orientadas a democratizar las tierras, ambos temas reconocidos y avalados por el presidente Santos.

En este sentido, el temor que genera la aprobación de esta ley es que la agenda democratizadora, que aún no ha arrancado, sea absorbida y nuevamente pospuesta por la agenda acaparadora.

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