Votación sobre acuerdos concretos

Se viene el plebiscito. Con él, la necesidad de que los ciudadanos sepan qué se vota. De exigir verdad, transparencia y respeto a las posiciones divergentes. Mirar la realidad, no el eslogan.

Que los acuerdos a los que se llegara con las Farc fueran a ser sometidos a pronunciamiento popular, para que la ciudadanía los legitimara, fue el anuncio de mayor contenido político luego del de la negociación misma. Se recibió como una propuesta arriesgada e inteligente, al poner a las Farc ante la prueba de demostrar si efectivamente tenían o no el respaldo popular que decían representar.

Las promesas del presidente Santos y su gobierno hablaban de refrendación popular. Se entendió que se remitían a un referendo, que como mecanismo de participación popular con efectos jurídicos vinculantes, con capacidad para modificar leyes y hacer cambios en el ordenamiento jurídico, era el instrumentos de mayor capacidad legitimadora de los acuerdos de paz.

Pero el referendo era muy exigente. Había que consultar todos los puntos concretos, y requería una votación altísima. La refrendación se fue cambiando entonces hasta llegar a un plebiscito, con una sola pregunta, y rebajando su umbral para reducir el riesgo de votación adversa. El gobierno demostró temor al pronunciamiento popular, pues su discurso de la paz no le dio para confiar en que más de cuatro millones y medio de personas pudieran apoyarlo. El Congreso le cortó alcance a la mayoría necesaria de votos ciudadanos.

La Corte Constitucional procedió el lunes a declarar este plebiscito ajustado a la Constitución, y avaló los términos de la ley aprobada por el legislativo. No se temía que pudiera llegar a declararlo inexequible, pero sí se discutía sobre la postura que asumirían los magistrados sobre la rebaja del umbral. Sobre este, finalmente, dijeron que era “razonable”.

La sentencia no se conoce aún. Es complejo hacer consideraciones limitándose a la breve comparecencia de la presidenta de la Corte y del magistrado ponente. El hecho es que el plebiscito sigue adelante y se convocará pronto.

Los estudiosos podrán abrir espacio de análisis sobre la jurisprudencia de la Corte Constitucional en las diversas y disímiles leyes aprobadas por este gobierno para abrir paso a las negociaciones de paz. Comenzaron con el Marco Jurídico para la Paz (MJP), en 2012, hoy derogado de facto por los acuerdos posteriores. Desde entonces, la Corte Constitucional ha avalado todas las iniciativas del gobierno, incluso las de mera coyuntura. Quizás este es el único gobierno que pueda ufanarse de tanta adhesión de la magistratura. Salvo en lo que toca a sus propios intereses (como que alguien la pueda controlar o investigar, por ejemplo), la Corte ha aceptado todo lo que el Ejecutivo ha dispuesto.

Se avecina, pues, una campaña intensa, cuyo mayor riesgo será el señalamiento como “enemigos de la paz” contra quienes se opongan al plebiscito. Como este solo brinda la posibilidad de aprobar o negar el paquete completo de los acuerdos, la complejidad de la decisión no es poca. Todo el mundo quiere vivir en un país en paz, pero muchos no querrán que los responsables de delitos atroces puedan acceder a cargos de elección popular. Pero no pueden objetar una cosa y aprobar lo otro.

Los hechos son los que son y el mecanismo de pronunciamiento popular será este plebiscito. Lo aprobaron así los poderes públicos de representación popular (el Ejecutivo y el Legislativo) y lo convalidó el tribunal de control constitucional. Lo que queda es buscar el mejor nivel de conocimiento de lo acordado y promover el voto consciente. Aquí la abstención no se justifica. Se votará por unos acuerdos concretos, y no a favor de un gobierno o un presidente, ni de la paz como valor intangible. Los ciudadanos deberán ejercer sus derechos, pedir verdad, transparencia política y asumir la responsabilidad de su decisión.

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