Las interferencias telefónicas

Considero exagerada la condena de la sala penal de la Corte Suprema de Justicia –CSJ- contra María del Pilar Hurtado a 14 años de cárcel y a $28 millones de multa y contra Bernardo Moreno a 8 años de cárcel, por unas interceptaciones telefónicas realizadas con motivos legítimos, a periodistas, magistrados y defensores de derechos humanos. Esto, a pesar de no haber contado tales escuchas con una orden judicial previa.

Los colombianos no podemos olvidar que el gobierno del presidente Álvaro Uribe tomó las riendas del país asediado por las organizaciones narcoterroristas, por las Farc, en especial, guerrilla que no aceptó firmar la paz con el presidente Pastrana en el Caguán, porque se consideraban a las puertas de tomarse el poder. Bogotá estaba rodeada por las Farc, recordemos las bombas que lanzó durante la posesión de Uribe. En Medellín acampaban en el Alto de Minas.

La soberanía del gobierno colombiano sobre nuestro territorio ha sido muy débil o inexistente. Pablo Escobar y el Cartel de Cali se destacaron en el pasado por explotar esta impotencia y las Farc la siguen explotando a su favor en La Habana, acrecentada hoy por las fallas y las corruptelas de los tres poderes de nuestro Estado.

En esas circunstancias, votamos por la política de seguridad democrática de Uribe para enfrentar a los grupos y a los individuos que se mueven en esas aguas turbias. Por ejemplo, los magistrados que viajaban fletados por los narcotraficantes a fiestas en diferentes ciudades del país, los congresistas que sobornados por las mafias defendían la no extradición, los periodistas y políticos que se asociaban con narcotraficantes, los gobiernos extranjeros que ofrecían asilo y apoyo material a las Farc…

Como anota Eduardo Mackenzie en un incomparable artículo sobre este tema, el propio periódico El Tiempo descubrió que algunas de las escuchas “como las que hicieron a la exsenadora Piedad Córdoba, tenían un sustento legítimo para efectuarlas, pero nunca versó una orden judicial para ello”. Entiendo que la CSJ estima que sí “existió motivo legítimo para recaudar información” pero que el delito del DAS, dice, fue “haber entregado la información a los medios para desacreditar a la Corte”. Y si la motivación era legítima, ¿por qué se condena tan severamente a quienes la realizaron?

Y pregunta Macknzie: ¿Dónde está la prueba de que María del Pilar Hurtado haya entregado a la prensa esa información? ¿Cuántos muertos dejó el asunto de las “chuzadas del DAS? Ninguno. ¿Cuántos heridos? ¿Cuántos mutilados? Ninguno. ¿Cuántos huyeron del país? Ninguno. ¿Cuántos fueron difamados? Ninguno. Si en esa labor de inteligencia se cometieron abusos, deben ser sancionados, pero sin espíritu de retaliación.

Aquí se ha interceptado a Raimundo y todo el mundo sin orden judicial; pero estas interceptaciones solo se convierten en delito para los exfuncionarios del expresidente Uribe, porque el verdadero objetivo radica en enredarlo en un proceso político para, entre tanto, “negociar el país” en Cuba.

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