Licencia para matar

Permitir el delito político de rebelión armada ha sido nuestro acabose.

En el juego Monopoly, una de las tarjetas más codiciadas es la marcada “salga de la cárcel gratis”. Con ésta, el jugador puede evitar perder su turno y seguir lanzando sus dados. Es especialmente útil en los momentos más críticos del juego. Hace el papel de un seguro; por si las moscas, como decimos los bogotanos.

En Colombia, prácticamente desde la independencia, existe una tarjeta póliza que cumple ese mismo propósito y con una peculiaridad: en vez de limitar su cobertura con el tiempo como ocurre con todos los seguros, ésta se amplía con cada uso. Las preexistencias no impiden el cobro ni la utilización de los beneficios. El grupo familiar tampoco es restrictivo. Parientes con cuarto o quinto grado de consanguinidad son cubiertos sin problemas.

Sólo hay una condición: que el siniestro tenga relación, por más tenue que sea, con el delito político y en particular, con la rebelión. Según el diccionario de la Real Academia Española, el objetivo primordial de esta acción es el “levantamiento público contra los poderes del Estado, con el fin de derrocarlos”. En democracias como Estados Unidos y el Reino Unido, el uso de las armas para ese propósito se asemeja a traición a la Patria y es castigado severamente. Es de sentido común: se carcomen los cimientos y la legitimidad de un Estado democrático cuando a algunas personas se les permite utilizar la fuerza y el terror como una alternativa de oposición política. Por ser una amenaza existencial a la supervivencia del sistema, gobiernos serios no toleran que se vuelva normal y habitual que los ciudadanos se rebelen contra ellos con impunidad. Colombia, trágicamente, es la excepción.

El delito político, en su manifestación criolla, es un adefesio que les ha concedido a criminales de todas las calañas la posibilidad de acceder a una tarjeta de “salga de la cárcel gratis”.  Como un cáncer, se ha  infiltrado en nuestro ADN constitucional y legal. Los Extraditables” volaban centro comerciales bajo el pretexto de estar inmersos en una lucha contra el Estado. Los paramilitares masacraban y degollaban campesinos para “salvar al país del comunismo”. No es una coincidencia que ambos hubieran buscado justificar sus crímenes con un discurso político. Sabían que la justicia colombiana es magnánima con  los delincuentes que profesan ideales.

Es diciente que el artículo 35 de la Constitución prohíbe la extradición por delitos políticos y el 150 faculta al Congreso conceder indultos a quienes cometen crímenes en nombre de un ideal. Ha sido fatal el mensaje para la sociedad la creación de facto de dos aparatos de justicia; en el primero matar al prójimo es un delito de severa gravedad. En el segundo, matar es defendible si es por razones políticas. Esa dicotomía, que no es reciente, es una de las principales causas de la prolongación del conflicto colombiano.

Con esos antecedentes, es hasta entendible la reciente declaración de las Farc donde afirman que “es imprescindible determinar el alcance y contenido del delito político derivado del ejercicio del derecho a la rebelión”. La guerrilla también quiere beneficiarse de nuestras indulgencias históricas, de esa licencia para matar.

Mientras que en Colombia sea legítimo la combinación de todas las formas de lucha y exista esa póliza que asegura la impunidad, va ser muy difícil llegar a la paz definitiva. Es hora que entendamos que el derecho a la rebelión armada no puede coexistir en una Constitución, cuyo artículo segundo garantiza “la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo”.

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