Ocurrencias postreras del fiscal

Montealegre no desaprovechó sus últimas horas para buscar protagonismo. Ya debería pasar desapercibido, pero sus ocurrencias pueden tener gravísimas consecuencias incluso para la paz.

Ya se hizo el balance, siempre limitado y provisional, del paso de Eduardo Montealegre por la Fiscalía General de la Nación. De lo que hizo, de lo que omitió, de lo que pretendió imponer y de los efectos que su muy particular entendimiento del Derecho y la Justicia tendrán para el futuro de esta sociedad.

No hay que insistir, por tanto, en lo que de forma casi unánime ha sido una reprobación sin atenuantes de su polémica gestión. Pero sí hay que tomar en serio, por el despropósito que implica y por los alcances en el otorgamiento de poderes a las Farc más allá de los que ellas mismas jamás concibieron, el empeño final de Montealegre de forzar para los acuerdos de paz una categoría jurídico-normativa que no tienen.

En sus últimas horas el fiscal radicó ante la Corte Constitucional una solicitud para que esta declare que los acuerdos de paz que firmen las Farc con el gobierno nacional, sean considerados “acuerdos especiales” a la luz de los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales, que consagran las normas del Derecho Internacional Humanitario. De esta forma, sostiene Montealegre, tendrían rango de tratado, que se incorporaría a la Constitución, “y ni siquiera la voluntad popular podría modificarlos” (Entrevista a Yamid Amat, El Tiempo, 27/03/2016).

Los tecnicismos jurídicos pueden hacer perder el entendimiento de lo que esta propuesta significa: concederle a las Farc, en estos momentos, cuando aún están fuera de la legalidad así el gobierno les reconozca interlocución, la categoría ya no de legisladores, sino de constituyentes. Y no de constituyentes derivados, sino de constituyente primario. La tesis de Montealegre dice que lo que las Farc logren poner en los acuerdos de paz, que hasta ahora es todo lo que han querido, tiene fuerza jurídica normativa superior a la ley, pues ni el constituyente primario (el pueblo) podría modificarlo. La Constitución de 1991 ha tenido 40 reformas. Los acuerdos con las Farc no los podría revisar nadie.

Si de tesis novedosas se trata, Montealegre logrará su cuarto de hora de fama no solo en Colombia. Pero si de someterse a un examen de consistencia y seriedad jurídica se trata, de rigor constitucional y de responsabilidad ética con la sociedad que le ha otorgado toda clase de dignidades, no supera un examen de diez minutos.

Los expertos en Derecho Internacional Humanitario entienden los acuerdos especiales de los que hablan los Convenios de Ginebra como aquellos destinados a la protección humanitaria de la población. En el caso de las negociaciones con las Farc, ellas mismas hablan de acuerdos políticos para “cambiar la sociedad”. ¿Cuándo soñaron ellas que desde la misma estructura del Estado, un alto funcionario y representante de la justicia, les sirviera en bandeja toda clase de prerrogativas, instrumentos y argumentos no solo de impunidad, sino de poderes supralegislativos y constituyentes, sin haber sido elegidos popularmente por nadie?

Autodefinirse, como hace Montealegre, de “políticamente incorrecto”, “heterodoxo” y representante de las tesis más avanzadas del “derecho liberal” no deberían dar patente de corso para ocurrencias y chispazos de “creatividad jurídica” que no se reducen en este caso a un ejercicio teórico para descrestar alumnos, sino para dotar de razones y legitimidad a grupos cuyo objetivo último es destruir la legalidad y el régimen democrático. Las consecuencias finales de esto son desastrosas para la institucionalidad y para la propia paz.

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