Atención pediátrica, prioritaria

Muy preocupante el cierre de camas pediátricas y las denuncias de las sociedades médicas sobre vulneración a los derechos preferentes de los menores. Un llamado a Gobierno y sociedad.

Dice el Ministerio de Salud y Protección Social en su Análisis de Situación de Salud 2015 (Asis) que “la probabilidad de que una persona alcance cierta esperanza de vida está relacionada con el lugar donde se nace, lo cual también determina la posibilidad de morir”.

Y al analizar las cifras de mortalidad infantil en el país, dice el mismo documento que este indicador “es reflejo de las condiciones de salud y desarrollo de los países, y evidencia el nivel de prioridad que dan los gobiernos al derecho a la salud”.

Quien revise nuestra legislación vigente, desde la propia Constitución Política, las Convenciones internacionales de Derechos del Niño, hasta las leyes estatutarias y ordinarias, encontrará normas precisas y claras que establecen los derechos fundamentales de los menores y su prevalencia para efectos de su protección por parte del Estado, la sociedad, las familias y, por supuesto, las instituciones médicas.

Los gobiernos de Colombia insisten en que la cobertura de atención en salud está prácticamente universalizada a toda la población, ya sea bajo el régimen contributivo o bajo el subsidiado.

Los indicadores consolidados del Ministerio muestran que las muertes en población infantil están dentro de los estándares de países con ingresos medios, con tendencia decreciente, es decir, menos muertes, aunque hay zonas donde la mortalidad supera de forma dramática el promedio nacional.

Unido a eso, la realidad de la calle emite alertas rojas y avisa motivos de preocupación. Esta semana se conoció la denuncia hecha por diversas sociedades pediátricas del país y entidades que cumplen labor social con la infancia, sobre el cierre de camas pediátricas, generado en muchos casos en que algunas entidades consideran ese servicio “poco rentable económicamente”.

En otros casos, la situación se debe a la aguda crisis económica de clínicas y hospitales asfixiados por las deudas y por el no pago de las Empresas Promotoras de Salud (EPS) o del propio Estado.

La situación que, por ejemplo, enfrenta el Hospital Marco Fidel Suárez, de Bello, con pasivos por 60.000 millones de pesos y el cierre temporal de 47 camas pediátricas, ilustran de forma dramática esta situación.

Como mencionábamos al principio, la Constitución Política (artículo 44), la Ley 1098 de 2006 de Infancia y Adolescencia (artículo 27 y siguientes), la Ley 1438 de 2011 que reforma el sistema general de seguridad social (el Título III, Atención Preferente en Salud para la Infancia y la Adolescencia) y la Ley 1751 de 2015, Estatutaria de Salud que la consagró como derecho fundamental (artículos 6-f, y 11, entre otros), fijan mandatos para que los niños obtengan toda la atención en salud requerida, y cuya vulneración debe ser objeto de acción gubernamental, por un lado, y de especial vigilancia de la sociedad, por otro.

De allí que expresemos nuestra adhesión al llamamiento de las sociedades de pediatría, con el cual “convocamos a toda la sociedad a manifestarse sobre esta grave problemática. Únete en redes sociales al sueño de un país que promueva la protección y cumpla los derechos de los niños: #LosNiñosNuestroMayorTesoro”.

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