Opiniones de Néstor Humberto Martínez

De la extraordinaria entrevista sostenida recientemente entre el fiscal general de la nación, señor Néstor Humberto Martínez, y el director del diario El Tiempo, señor Roberto Pombo, en la Universidad del Rosario, “no para atravesarse al proceso de paz sino para sacarlo adelante”, presento a continuación mis conclusiones de colombiano ajeno a los temas jurídicos.

Entiendo que, tanto Martínez como las altas cortes de la justicia consideran que la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP- firmada entre el gobierno y las Farc en Cartagena el pasado 26 de septiembre, recibió competencias de naturaleza preferentes para sustituir a la Jurisdicción Ordinaria -JO.

Que para la redacción de la JEP no les consultaron a los operadores judiciales, ni a la Fiscalía, ni a las cortes, bien sea por premura, por precipitación o por improvisación. Adujo el fiscal casos en los cuales el gobierno ha actuado en forma absolutista. A continuación, cito algunos de ellos.

En relación al fast track mencionó haberle solicitado al gobierno el envío previo de 13 leyes que se iban a aprobar por este medio, las cuales nunca les fueron enviadas previamente, ni a la Fiscalía, ni a las cortes como era de esperar.

Contó Martínez que por accidente virtuoso le llegó un proyecto de la ley de amnistía para las Farc, por medio de la cual se declaraba conexo con el delito político el lavado de activos. Que de inmediato le informó al presidente Santos sobre tan inaceptable concesión. Santos dijo desconocer el tema y rechazó tal pretensión. Sin embargo, dio a entender Martínez que en el acuerdo firmado todavía se le tolera la tenencia de activos ilícitos a la guerrilla.

La paz de Colombia será flor de un día -concluyó el fiscal general- como resultado de: 1. De las incertidumbres jurídicas derivadas de las facultades otorgadas a la JEP para reabrir casos de la JO cerrados años atrás. 2. Exigir que le entreguen a la JEP todas las investigaciones en manos de la Comisión de Acusaciones. 3. No permitir las acciones de Tutela contra la JEP. 4. No saber si las víctimas que intervinieron directa o indirectamente, coaccionadas por las Farc, deben o no comparecer ante la JEP.

Hasta los desmovilizados se perjudican con las incertidumbres a granel de la JEP. Recordemos que se aprobó que “serían ellos objeto de una amnistía hasta el momento que cesara la rebelión, algo que ellos ya hicieron pues se declararon como no rebeldes ante el Estado de Derecho”, en la X Conferencia en los llanos de río Yarí. ¿Qué puede hacer la Fiscalía si se encuentra hoy ante un individuo con traje militar, armado, con sistema de comunicaciones, si ya está declarado como ciudadano, se preguntó el señor Martínez? ¿Llevarlo acaso ante la JO?

En cuanto a la verdad histórica señaló que ni la JEP, ni la JO se deberían ocupar en recrear tal verdad, sino en establecer un régimen de responsabilidades jurídicas frente al conflicto.

Todas estas inseguridades jurídicas serían fatales, tanto para las Farc, como para los funcionarios del Estado, como para los terceros y, más aún, para los propios jueces, quienes hasta ahora han permanecido mudos en forma inexplicable. Porque bien podría resultar que, al revisarles alguna de sus sentencias, si considerare la JEP que existió un error jurídico o de apreciación en la prueba, bien podrían montarles un prevaricato -concluyó el fiscal Martínez.

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