Condena injusta

Con tristeza registro la noticia de que el Estado colombiano fue condenado por la Corte Interamericana de DDHH por cuenta de las desapariciones del Palacio de Justicia en noviembre de 1985.

Aquellos 5 y 6 de noviembre nuestro Estado de Derecho fue amenazado por el narco terrorismo. Una banda de criminales al servicio del capo Pablo Escobar asaltaron al Palacio de la Justicia en momentos en los que la Corte Suprema discutía la constitucionalidad del tratado de extradición entre Colombia y los Estados Unidos.

Cumpliendo el mandato de Escobar, según el cual “prefería una tumba en Colombia que una celda en los Estados Unidos”, el M-19 se empleó a fondo para satisfacer el deseo del capo de arrodillar al país que sufría día a día los rigores de la demencia criminal del narco terrorismo.

El presidente de la época, Belisario Betancur, hizo lo que le correspondía: defender las instituciones. Como bien dijo en una alocución pocas horas después de que se acabara la pesadilla, “el presidente de la República asume la responsabilidad de lo que se hizo, para bien o para mal suyo”.

Betancur, como ningún otro agente del Estado, tuvo la culpa de lo que allí ocurrió. Fue el terrorismo el responsable de ese doloroso holocausto. Los miembros del M-19 trazaron el plan, Pablo Escobar lo financió y por tal razón, son ellos los únicos responsables de lo allí sucedido.

Se habla de unas personas desparecidas como consecuencia de la operación de recuperación del Palacio, sin que haya plena prueba judicial de ello. Es misterioso que después de tantos años la justicia colombiana no haya querido ordenar pruebas de ADN sobre una serie de restos mortales que en su momento fueron enterrados en una fosa en el cementerio del sur de Bogotá.

Haciendo una simple operación aritmética, resulta que el número de personas supuestamente “desaparecidas” concuerda perfectamente con el número de cadáveres inhumados en la mencionada fosa. Solo hace falta que se realicen las pruebas de ADN y así se podría determinar qué restos óseos corresponden a las personas que aún no aparecen.

Pero hay un argumento adicional que es de la órbita del derecho penal. El día de los hechos, en nuestra legislación penal no estaba incorporado el tipo penal de la desaparición forzada. Así las cosas, ¿cómo se puede imputar un delito que el día de los hechos no existía en el universo de nuestro código penal?

Las cortes internacionales deben tener cero tolerancia con la violación de los Derechos Humanos. En eso todos estamos de acuerdo. Lo que causa extrañeza es que una corte de la estatura moral de la CIDH emita una condena en la que descarga toda la responsabilidad en el Estado colombiano y deje impune a los verdaderos victimarios que para todos los efectos fueron los integrantes del M-19.

Es triste tenerle que explicar a las nuevas generaciones que Colombia ha sido condenada internacionalmente por haber defendido su estabilidad democrática, haciendo uso del derecho legítimo de la fuerza mientras que los asaltantes, los criminales, los terroristas resultaron absueltos.

La justicia internacional se ha pronunciado, pero a la luz de la historia, Colombia saldrá victoriosa y tarde o temprano la condena, así sea social, deberá recaer sobre la banda terrorista M-19.

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