El Fiscal y las obras de caridad

Durante varios siglos los cristianos practicantes del amor al prójimo en condiciones deplorables, ya por la peste, ya por las guerras, ya por la pobreza de solemnidad, realizaron obras de caridad que les abrían, además, las puertas del cielo al morir. Posteriormente, muchos años después de las reformas políticas, los cristianos y los empresarios solidarios de todas las tendencias crearon entidades de beneficencia y organizaciones de apoyo que se extendieron allende las fronteras de los países. Miles de voluntarios cambiaron la caridad por la solidaridad y dedican parte de su tiempo y sus recursos a socorrer o ayudar a los desvalidos, a los enfermos, a los abandonados, a los habitantes de la calle, a los niños sin padres, a los drogadictos, a las mujeres violentadas, etc. Son las personas y organismos, privados o estatales, que cumplen un trabajo social, una labor generalmente sin remuneración, por amor a la humanidad. Con base en estas experiencias históricas, la comedia ficticia dice así:

El Fiscal General de nuestra república, Eduardo Montealegre, una vez terminado el conflicto armado que durante cincuenta años desarrollaron las guerrillas contra la sociedad y el Estado democrático colombiano, obtuvo la aplicación de su tesis: la justicia transicional permite que los “comandantes” de la subversión, una vez sentenciados por sus delitos de lesa humanidad y los crímenes de guerra, paguen sus condenas mediante trabajo social. Además, el Presidente de la nación, investido por el Marco Jurídico para la Paz y la ley estatutaria que lo reglamenta, tiene la capacidad de suspensión de la pena por el tiempo que considere necesario mientras los incriminadosefectúen el trabajo social que redima sus condenas y no vuelvan a delinquir, aunque no muestren arrepentimiento. Así reza el Tratado de Paz en La Habana, año 2014, firmado hipotéticamente ante los testigos y garantes internacionales John Kerry, Secretario de Estado de Estados Unidos; Raúl Castro, Presidente de Cuba; Fidel Castro, expresidente de Cuba; Daniel Ortega, Presidente de Nicaragua; Nicolás Maduro, Presidente de Venezuela; Evo Morales de Bolivia, Rigoberta Menchú y otras personalidades “progresistas” del mundo occidental.

Dispuestos a cumplir sus penas mediante el trabajo social, la Fiscalía General y la Sala Penal de la Suprema Corte, luego de expedir las sentencias anticipadas, con prólogo de Ministro del Interior, Gómez Méndez, y con el auto suspensivo refrendado por el reelegido Juan Manuel Santos, resuelven, mediante “ejecútese y cúmplase”, lo siguiente:

Primero: el ciudadano Rodrigo Londoño, alias Timochenko, se recluye en la guardería para niños abandonados que administra el ICBF en la ciudad de Pereira, donde desempeñará lalabor de asistente de los menores de edad que requieran de cuidados sicológicos y alimenticios. El cumplimiento disciplinario de la condena estará a cargo del INPEC regional de Risaralda.

Segundo: el ciudadano, alias Jesús Santrich, se asigna al Instituto de Ciegos y Sordomudos de la ciudad de Medellín, donde estará alservicio social de los internos, hasta el término de la sentencia. Por sus condiciones personales, estará asistido por sus compañeros camaradas ciudadanos alias Laura Villa y Sergio Ibáñez, quienes cumplirán igual pena y redención de la misma. El Inpec vigilará y hará cumplir los deberes impuestos.

Tercero: el ciudadano alias Andrés Paris se le asigna al trabajo social en las obras de demolición, explosión y apertura de túneles en la Hidroeléctrica Ituango, donde estará auxiliado por los ciudadanos camaradas alias Noel Briceño y Pedro Nel Daza, (alias Jairo Martínez), incluidos en la parte resolutoria de la sentencia respectiva. Por razones de ubicación, su vigilancia estará a cargo del Departamento de Policía de Antioquia y del Gobernador de este ente territorial.

Cuarto: el ciudadano alias Iván Márquez se asigna al Hogar de Ancianos Municipal de la ciudad de Villavicencio, donde atenderá a los usuarios internos a partir de la fecha de expedición de este documento, con la advertencia de no cambiar de residencia sin dar aviso al Inpec. Tendrá como apoyo logístico a sus camaradas ciudadanos José Benito Cabrera (alias Fabián Ramírez) y Jaime A. Parra o Mauricio Jaramillo (alias El Médico) quienes cumplirán igual penalidad acorde con la sentencia pertinente. El Inpec regional o en su defecto el Comando Polinal hará la labor de vigilancia y seguimiento.

Quinto: el ciudadano Rodrigo Granda cumplirá la sentencia en la alcaldía de su ciudad natal, Frontino (Ant.) en las tareas de mantenimiento del edificio municipal (techos, paredes, cañerías, puertas y ventanas) como trabajo social. La supervisión y ejecución de esta sentencia está a cargo del Alcalde municipal y su secretario de gobierno.

En un segundo cuaderno del decreto se encuentran las demás determinaciones presidenciales aplicables al resto de la cúpula guerrillera de las Farc y que por lo extenso de su texto no se incluye en esta información que, por supuesto, es una hipótesis. De donde se deduce que el trabajo social que se hace por solidaridad y amor a la humanidad es la solución para la justicia y la paz colombianas. Fiat voluntastúa.

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