Hecha la ley…

La decisión de la Corte no es lo esperanzadora que se creyó en principio, porque la trampa está hecha, la trampa es el mismo proceso de La Habana.

Al declarar exequible el Marco Jurídico para la Paz, la Corte Constitucional intentó enmendar la muy laxa ponencia del magistrado Alberto Rojas, quien quiso abrir un boquete para la participación en política de toda clase de criminales, y en vez de ello dejó la puerta cerrada para condenados por “crímenes de lesa humanidad y genocidio cometidos de manera sistemática”. Sin embargo, da la impresión de que lo que hizo fue, simplemente, lavarse las manos y mirar para otra parte.

En efecto, el fiscal general, Eduardo Montealegre, ha dicho que los jefes de las Farc no tienen condenas por casos de lesa humanidad y que tan solo hay investigaciones y procesos en curso que, seguramente (digo yo), terminarán en absolución. Claro que lo que Montealegre calla es que las condenas no especifican si una conducta se tipificó como de lesa humanidad o no.

Justamente, un informe de la Corte Penal Internacional, de noviembre del 2012, señala que “218 miembros de las Farc y 28 miembros del Eln han sido condenados por conductas que constituyen crímenes de competencia de la CPI, incluidos homicidios, desplazamientos forzados, toma de rehenes, torturas y reclutamiento de niños”.

Y es que no es necesario tener dos dedos de frente para entender que todos los cabecillas de las Farc están incursos en delitos de lesa humanidad, que, según el Estatuto de Roma, “cuando se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil”, son los siguientes: a) Asesinato; b) Exterminio; c) Esclavitud; d) Deportación o traslado forzoso de población; e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física; f) Tortura; g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable; h) Persecución de un grupo por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género (…); i) Desaparición forzada; j) Apartheid; y k) Otros actos similares que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.

Apartheid aparte, las Farc han cometido cada uno de estos actos en abundancia. Eso explica que, a 2012, ‘Iván Márquez’ tuviera 66 medidas de aseguramiento, 132 órdenes de captura y 28 condenas en su contra, y ‘Timochenko’, más de 15 condenas y 117 órdenes de captura por terrorismo, secuestro, rebelión, homicidio agravado y desaparición forzada… ¡Es que no estamos hablando de ladrones de ganado!

En la Corte Constitucional, dos magistrados se apartaron de la sentencia por considerarla un palo en la rueda de la paz, y presentaron salvamento de voto arguyendo que en aras de la solución pacífica del ‘conflicto’, “no es legítimo marginar a perpetuidad de la escena pública a los excombatientes, por más graves y repudiables que resulten sus conductas”.

Y es que a pesar de que los colombianos no queremos ver a estos señores haciendo política, todo se interpretará a su acomodo para convertirlos en actores políticos de primer orden. Se dirá que asesinaron, secuestraron y violaron, pero que nada fue ‘sistemático’, y no se les aplicarán teorías amañadas como esa de la ‘autoría mediata y los aparatos organizados de poder’ con que condenan a los militares. Además, el Congreso podrá legislar cuáles delitos se consideran conexos con el delito político, avalando el narcotráfico y tumbando la extradición de guerrilleros; y, como si fuera poco, la restricción no incluye ni crímenes de guerra ni actos terroristas.

Mejor dicho, la decisión de la Corte no es lo esperanzadora que se creyó en principio, porque la trampa está hecha, la trampa es el mismo proceso de La Habana.

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