Implementación a la medida

Están dadas todas las condiciones para que la implementación del Acuerdo Final se haga según los intereses de las Farc: voceros, comisión con poder de veto e iniciativa legislativa solo del Gobierno.

Según lo convenido en el Acuerdo Final entre el Gobierno y las Farc, una vez aquel entrara en vigor, se procedería a la designación de tres voceros en la Cámara de Representantes y tres en el Senado, de una agrupación política que, entre otros cometidos, tendrá el de promover la creación del partido político de las Farc.

Esa primera agrupación política se presentó ante el Consejo Electoral la semana pasada, denominada Voces de Paz y Reconciliación, y de ella hacen parte seis ciudadanos en ejercicio de sus derechos políticos, que en su presentación insistieron una y otra vez que no son voceros de las Farc, sino de ese movimiento que hará presencia, con voz y sin voto, en el Congreso.

El Legislativo ya tramitó lo que definió como “refrendación” del Acuerdo Final, a efectos de dar inicio a su implementación mediante el procedimiento legislativo especial para la paz. La Corte Constitucional, en un confuso comunicado, puso unas condiciones para entender que esa ratificación se ha cumplido, pero que, como quedó claro ayer, nadie sabe cómo cumplir. Lo que parece es que se seguirá adelante sin mayores disquisiciones jurídicas.

Estos voceros de Voces de Paz deberán ser citados a todos los debates y sesiones donde se discutan y voten los proyectos de ley (reformas constitucionales o legales) que tengan que ver con la puesta en marcha del Acuerdo Final. Este dice que estos seis ciudadanos podrán “intervenir con las mismas facultades que tienen los congresistas, salvo las del voto”.

Los voceros ejercerán, según sus propias palabras, una labor de veeduría y vigilancia para que todas estas normas que se aprobarán en beneficio de los militantes de las Farc “cumplan la letra y el espíritu del Acuerdo Final”.

Como se sabe, el procedimiento legislativo especial para la paz dispone que el único que tendrá iniciativa legislativa será el Gobierno, y que cualquier modificación que el Congreso quiera hacer de esas normas tendrá que tener el “aval previo” del Gobierno. El Legislativo será solo un validador de normas remitidas por otras instancias, pues el legislador real será el Ejecutivo.

Pero a los voceros del movimiento Voces de Paz y a la iniciativa legislativa exclusiva del Gobierno, que de por sí son garantías suficientes para que todo se ciña al libreto establecido por las Farc mientras se convierten en partido o movimiento político, se une una tercera instancia, dotada de una serie de facultades que para la opinión resulta más bien desconocida, pero que tiene la llave de la aprobación o no de toda esta serie de normas que habrá que expedir.

Se trata de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI), en la cual las Farc tendrán tres delegados, dotada de atribuciones como esta: “Constatar que el contenido de todos los proyectos de decreto, ley o acto legislativo que sean necesarios para implementar el Acuerdo Final, correspondan a lo acordado, antes de que sean expedidos por el Presidente de la República o presentados ante el Congreso”.

Las Farc tendrán, pues, todas las garantías de que la normatividad expedida en lo sucesivo se “ajuste a sus intereses”, según dispone en otras cláusulas el Acuerdo Final. Habrá unos trámites legislativos a su medida, sin verdadera deliberación y con las facultades de la democracia representativa severamente recortados.

Lo que se ha dicho es que llegará un momento donde la institucionalidad recuperará su normalidad y las reglas de la democracia volverán a ser iguales para todos, incluyendo los que siempre han hecho política por vías pacíficas.

Share on facebook
Facebook
Share on google
Google+
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn

Buscar

Facebook

Ingresar