Justicias a la carta

La justicia acordada con las Farc traerá efectos que la sociedad no ha medido. Y poco ayuda que ahora sectores políticos pretendan también jurisdicciones diferenciadas, sin definir bien su alcance.

Las Farc lograron que el gobierno colombiano les concediera en La Habana un sistema de justicia transicional con penas simbólicas, y la creación y funcionamiento de una jurisdicción especial para la paz (JEP), cuyos alcances no han sido suficientemente explicados a los colombianos.

Por supuesto que debería ser una tarea ciudadana que todos conocieran los términos y consecuencias de dicho acuerdo, revelado el 15 de diciembre de 2015. Pero la realidad es que lo complejo y abigarrado del texto, además de la deliberada oscuridad en sus términos (en dictamen no solo de The New York Times sino de algunas de las más importantes organizaciones internacionales de derechos humanos) hacen que la atención pública se diluya.

Ayer, el exministro y exconstituyente Jaime Castro ponía sobreaviso de las competencias que la JEP va a tener, no solo jurisdiccionales sino incluso legislativas. E interrogaba a la sociedad: “¿Alguien ha medido las consecuencias que la JEP tendrá en la vida institucional del país?” (Las implicaciones de la Jurisdicción Especial para la Paz, El Tiempo, 26/02/2016).

Y en este proceso de falta de comprensión del acuerdo de justicia transicional, o de entendimiento con fines específicos, se supo de la intención de un exministro, Diego Palacio, de estudiar un posible sometimiento a la JEP. No fue él quien directamente lo dijo, pero sus interlocutores sí. El también exministro Álvaro Leyva, asesor de las Farc en La Habana, justificó la inclusión de exfuncionarios del gobierno de Álvaro Uribe en la JEP.

Sostiene Leyva que aquellos podrían quedar incluidos en la competencia jurisdiccional de la JEP como “civiles vinculados indirectamente al conflicto interno, como actores no armados”, en virtud de su adscripción a la política de Seguridad Democrática, ejecutada entre 2002 y 2010.

La defensa de la tesis de Leyva podría sostenerse políticamente como herramienta de negociación, pero no jurídicamente, por lo menos en los casos de los exministros condenados por cohecho o celebración indebida de contratos. Habría que forzar mucho la argumentación jurídica para enlazar este tipo de condenas con hechos relacionados con el conflicto.

También los militares, a través de una de sus asociaciones, Acore, han manifestado interés en la justicia transicional como la que aplicaría la JEP. Es un giro en la posición defendida hasta ahora, pues antes consideraban que la justicia transicional era contraria a su honor militar.

En todo caso, los militares ya deben tener claro que la JEP se acordó con las Farc para que los incluyera a ellos también, y así lo dice de forma expresa el acuerdo (puntos 32 y 34, entre otros).

El Centro Democrático, por su parte, con vocería del senador Alfredo Rangel, va a proponer otro sistema de justicia transicional para, en sus palabras, “no equiparar a los civiles y agentes del Estado con los guerrilleros”. Aún no se conoce el texto de la propuesta pero por lo dicho, daría la impresión de que se busca un tipo de justicia especial para un sector político que se siente perseguido, hostigado, tanto por el gobierno como por la justicia.

Dicha propuesta deberá ser bien analizada, pues no es difícil prever los muchos argumentos, constitucionales y políticos, para dudar de la procedencia de otra modalidad de justicia de tal naturaleza. Que implicaría, de paso, la definición de ese grupo político como una categoría especial para efectos de una jurisdicción diferencial. Un auténtico galimatías en la justicia.

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