No a los poderes extraordinarios

Como en otras ocasiones, el fiscal general es quien destapa las cartas: se quiere un presidente que no esté sujeto a molestos controles ciudadanos para poder firmar y ejecutar los acuerdos de paz.

Hay antecedentes en este gobierno que demuestran que no es sino que algún tema se desmienta, para que en cuestión de semanas o de días -ni siquiera años o meses- se revele que aquello que se desmentía estaba siendo impulsado por sus propios funcionarios.

Si el presidente de la República dice ante exmandatarios extranjeros que no habrá cese bilateral al fuego con las Farc mientras no se firme un acuerdo, meses después anuncia en televisión que les dio instrucciones a sus negociadores para que hablaran de cese el fuego bilateral con la contraparte.

Si el gobierno recién reelegido dice que eliminará la reelección de funcionarios porque se presta a “toda clase de abusos de poder”, esa misma semana presenta al Congreso un proyecto de ley en que la propone para los actuales gobernadores y alcaldes (proyecto hundido sin comenzar su trámite parlamentario).

Y esta semana que termina el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, desmintió que el Gobierno estuviera impulsando proyectos para concederle al presidente de la República poderes extraordinarios para avanzar en las negociaciones de paz o para que pueda ejecutar los eventuales acuerdos. Dijo, incluso, que era absurdo referirse a “leyes habilitantes” porque esa figura, ciertamente, no existe en la legislación colombiana.

Horas después el fiscal general de la Nación, Eduardo Montealegre, actuando de nuevo como apéndice del poder Ejecutivo o como ministro del Interior ad-hoc, y tal vez urgido, como tantas otras veces, por ser él quien divulgara la primicia, reconoció que hay gestiones, reuniones y hoja de ruta para lograr que al jefe del Estado se le concedan esos poderes extraordinarios.

Dichos poderes serían otorgados mediante referendo, con una sola pregunta a la ciudadanía: ¿aprueba otorgarle facultades extraordinarias al presidente de la República para que reglamente el Marco Jurídico para la Paz? (Ver recuadro de Contraposición).

El fiscal general calcula tiempos de trámite legislativo y asume también que la Corte Constitucional haría el control automático del referendo en tiempo récord.

Esta propuesta, ni más ni menos, da un giro radical a todo lo que al pueblo colombiano se le ha dicho desde el inicio del proceso de diálogos con las Farc. Implica, de hacerse realidad -y nada garantiza que no se lleve finalmente a la práctica- que sean los objetivos de Juan Manuel Santos como persona, y no los de la sociedad colombiana, los que se plasmen en mandatos con fuerza jurídica para sacar adelante, como sea, los acuerdos de paz.

El actual Marco Jurídico para la Paz aprobado, mal que bien, por el Congreso, y avalado, también mal que bien, por la Corte Constitucional, deberá ser desarrollado por el Congreso mediante ley estatutaria, es decir, con trámites más rigurosos que simples leyes ordinarias. Allí podrá intervenir y hacerse oír la oposición. Con las facultades extraordinarias al presidente, este no tendría más límites que los de sus propios objetivos: ser el presidente que firmó la paz. ¿Obedece esto a una concepción democrática de la paz?

El presidente tendría bajo el poder de su sola firma asuntos como definir los mecanismos de justicia transicional y las penas alternativas para los guerrilleros, los límites o alcances de la participación política de ellos, o la integración y funcionamiento de la Comisión de la Verdad. Y todo ellos, sin tener que someterse posteriormente a la ratificación del pueblo, como se había prometido desde el principio.

Si la ciudadanía asiste indiferente a lo que aquí se está moviendo, o hace de lado su sentido crítico y de exigencia cívica, le estarán labrando un futuro donde ya no será posible que se manifieste. Cuando ya una sola persona haya definido toda su suerte.

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