¡Nos estamos cubanizando de verdad!

En estos tiempos, es una preocupación ineludible y tema obligado de conversación todas las peripecias que tenemos que hacer los venezolanos para comprar los productos de la cesta básica y medicamentos. Poco a poco la escasez forma parte de nuestra cotidianidad. Alimentarse y curarse han dejado de ser necesidades esenciales del ser humano para convertirse en un lujo  y, a veces, en un milagro. Comprar un pollo, huevos, papel tualé, o aceite es tan complicado que hay que recurrir al mercado negro. Los apremios nos empujan hacia la ilegalidad.

Pero no solo de alimentación se trata. El Estado tampoco garantiza el derecho a la salud. La falta de una política coherente en esta materia está impidiendo a miles de venezolanos el acceso a medicinas y a tratamientos médicos adecuados. No hay insumos en los hospitales y en las farmacias no se consiguen los medicamentos para tratar enfermedades crónicas. La salud de pacientes con cáncer o VIH se deteriorada progresivamente por falta de tratamientos de quimioterapia y antirretrovirales. Lo enfermos de la tiroides y de diabetes, intentan obtener divisas (otra vez en el mercado negro) para adquirir lo que necesitan. Los que no tiene poder adquisitivo, simplemente, deben conformarse con des-esperar.

Lo más paradójico es que el gobierno se ufana de las bondades de un sistema de salud pública, aunque en realidad está privatizado. Cuando una persona llega a la sala de emergencia de un centro de un hospital o ambulatorio debe suministrar lo indispensable para que le presten los primeros auxilios. La situación empeora si requiere atención especializada. Por ejemplo, nos podríamos preguntar en cuántos hospitales públicos hacen resonancias magnéticas.

Sin embargo, en la página web de la Superintendencia de Precios Justos, en la cual se promociona el lema “Comprometidos con el bienestar del pueblo”, el superintendente Andrés Eloy Méndez ha anunciado una reunión con representantes de la Asociación Nacional de Supermercados y Autoserviciosy varias cadenas de supermercados para acordar detalles de la implementación en todo el país del sistema biométrico (captahuellas). Igualmente, informó que algunas cadenas de distribución de medicamentos también se incorporarán a dicho sistema.

A pesar de que el derecho a la alimentación no está establecido como derecho autónomo en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Estado está obligado a adoptar medidas que garanticen su acceso. Venezuela ratificó el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales, el 10 de mayo de 1978 (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 2146 del 28-01-1978). Este tratado establece un Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que tiene como función primordial vigilar la aplicación de dicho tratado por los Estados Parte, y a través de sus observaciones los orienta en el diseño de sus políticas públicas.

La Observación General 12, emanada del Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, establece que  el derecho a la alimentación adecuada, al igual que cualquier otro derecho humano, impone tres tipos o niveles de obligaciones a los Estados Partes: las obligaciones de respetar, proteger y realizar.

“La obligación de realizar implica tanto la obligación de facilitar como la obligación de hacer efectivo. La obligación de respetar el acceso a una alimentación adecuada requiere que los Estados no adopten medidas que lo obstaculicen. La obligación de proteger requiere que adopte medidas para velar por que las empresas o los particulares no priven a las personas del acceso a una alimentación adecuada. La obligación de realizar (facilitar) significa que el Estado debe procurar actividades con el fin de fortalecer el acceso y la utilización por parte de la población de los recursos y medios que aseguren sus medios de vida, incluida la seguridad alimentaria. Por último, cuando un individuo o un grupo sea incapaz, por razones que escapen a su control, de disfrutar el derecho a una alimentación adecuada por los medios a su alcance, los Estados tienen la obligación de realizar (hacer efectivo) ese derecho directamente. Esta obligación también se aplica a las personas que son víctimas de catástrofes naturales o de otra índole”, señala el documento.

En materia de salud, la Observación General 14 del referido Comité indica a que entre las obligaciones básicas que deben asumir los Estados figuran, como mínimo, las siguientes: a) garantizar el derecho de acceso a los centros, bienes y servicios de salud sobre una base no discriminatoria, en especial por lo que respecta a los grupos vulnerables o marginados; b) asegurar el acceso a una alimentación esencial mínima que sea nutritiva, adecuada y segura y garantice que nadie padezca hambre; c) garantizar el acceso a un hogar, una vivienda y unas condiciones sanitarias básicos, así como a un suministro adecuado de agua limpia potable; d) facilitar medicamentos esenciales, según las definiciones periódicas que figuran en el Programa de Acción sobre Medicamentos Esenciales de la OMS; e) velar por una distribución equitativa de todas las instalaciones, bienes y servicios de salud; f) adoptar y aplicar, sobre la base de las pruebas epidemiológicas, una estrategia y un plan de acción nacionales de salud pública para hacer frente a las preocupaciones en materia de salud de toda la población; la estrategia y el plan de acción deberán ser elaborados, y periódicamente revisados, sobre la base de un proceso participativo y transparente; esa estrategia y ese plan deberán prever métodos, como el derecho a indicadores y bases de referencia de la salud que permitan vigilar estrechamente los progresos realizados; el proceso mediante el cual se concibe la estrategia y el plan de acción, así como el contenido de ambos, deberá prestar especial atención a todos los grupos vulnerables o marginados.
Estos son los estándares más favorables que deben ser observados por el gobierno venezolano para no violar los derechos a la alimentación y salud.

En Cuba no se utilizan captahuellas, pero existe un control similar: la libreta de racionamiento. Cada familia cubana tiene la suya. Fue creada por Fidel Castro en 1963 en medio de la crisis por el desabastecimiento de los primeros años de la implementación del socialismo. Desde entonces, el Estado cubano ha regulado la venta de alimentos y medicamentos a precios subsidiados en los almacenes destinados únicamente a la comercialización de productos racionados.

No es justo, legítimo, ni políticamente acertado que el gobierno, para enfrentar su propia incapacidad en el sector alimentos y salud, adopte una política pública sustentada en restricciones irracionales.

En Cuba, y ahora en Venezuela, para adquirir  alimentos y medicamentos ya no basta con hacer interminables colas o recurrir al mercado informal. Como un añadido nada digno, también se aplicará el control del racionamiento, llámese cartilla o captahuellas. El propósito es el mismo: la restricción del acceso a dichos bienes y servicios por  el desabastecimiento.

Frente a estas circunstancias, suponemos que el gobierno no tardará en reprimir de forma primitiva a la protesta social, y/o en echarle la culpa al gobierno norteamericano. Sospechamos que algunos medios de comunicación, en medio del creciente blackout informativo, le darán mayor importancia a otros problemas, o ignorarán los problemas. Imaginamos, que la defensora del pueblo, (a posta en minúsculas), como siempre, dirá que en Venezuela se respetan y garantizan los derechos humanos.

Lo cierto es que la ineficiencia y la corrupción en el sector alimentos y salud es tan grotesca, que la conclusión es simple: El Estado no puede proporcionar a los venezolanos el derecho a la alimentación y a la salud. Lo cierto, es que nos estamos cubanizando de verdad.

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