Sí, paz sin impunidad

 La evolución del derecho penal internacional se ha dirigido a otorgarles un lugar de preminencia a las víctimas, en los esfuerzos de los sistemas nacionales para perseguir a los responsables de delitos de especial gravedad.

Por esa razón, garantizar que ellas dispongan de mecanismos eficaces para que se respete su derecho a la justicia, la verdad, la reparación y la no repetición es la columna vertebral de la nueva legalidad multilateral.

Es tan fuerte el compromiso de combatir la impunidad, que los Estados que firmaron el Estatuto de Roma, al hacerlo, aceptaron la competencia de la Corte Penal Internacional cuando la justicia interna deja de actuar por incapacidad o falta de voluntad.

Basta que se omita investigar y juzgar a uno de los posibles responsables de crímenes contemplados en dicho Estatuto para que pueda activarse la función de la Corte.

Así son las cosas, y, en aras de la claridad, hay que decir que los procesos de paz no eximen a ningún Estado de la obligación de perseguir a los autores de delitos de trascendencia internacional.

El mundo rechaza hoy toda medida nacional que busque eximir de la responsabilidad a un culpable de cualquiera de esas infracciones.

Resulta evidente que la existencia de estas nuevas obligaciones globales dificulta la búsqueda de la paz por la vía de la política, pero esa es la realidad.

Las amnistías y los indultos, cuyo otorgamiento era posible en el pasado, ya no pueden concederse, porque no lo permite la legislación vigente, y merced a que esas normas encuentran cada vez mayor fundamento en la jurisprudencia y la doctrina.

En esta materia no puede haber dudas. Los hipotéticos entendimientos que se hagan con las Farc, si es que se hacen, deben respetar, integralmente, el Estatuto de Roma.

Por lo tanto, la justicia colombiana está en la obligación de investigar y juzgar a los miembros de las Farc que se desmovilicen. Si no lo hace, actuará subsidiariamente la CPI.

Y no puede olvidarse que, en materia de autoría de las violaciones contempladas en el mencionado convenio, se considera, también, a todo aquel que haya prestado algún tipo de colaboración, individualmente o como miembro de un grupo, a sabiendas de los propósitos criminales del mismo.

Si, con el propósito de llegar a acuerdos con las Farc, se desconocen los compromisos adquiridos por Colombia, ellos carecerían de solidez jurídica y, en consecuencia, política, lo cual podría dar lugar a un escenario posterior de pronóstico reservado.

Es bueno advertir la magnitud de estas nuevas realidades para evitar serios dolores de cabeza después.

Como si fuera poco, bien vale la pena tener presente que la opinión nacional, en todas las encuestas recientes, se ha manifestado mayoritariamente contra las concesiones políticas y jurídicas a las Farc.

Reclamar, entonces, paz sin impunidad refleja el sentimiento de los colombianos y las obligaciones del Estado.

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