Una reforma en contravía

La reforma tributaria está avanzando pero poco nos estamos moviendo para evitar otro esperpento como la Ley 1602 de 2012, mejor conocida como la reforma que no iba a aumentar el recaudo.

Santiago Pardo, uno de los tributaristas más lúcidos del país, elaboró un análisis matemático para medir los efectos, en números reales, de los cambios en la carga tributaria que introduciría la reforma que cursa en el Congreso. Los resultados son sorprendentes: en muchos casos la tasa de tributación efectiva es confiscatoria y la reforma tiene un claro sesgo en contra del ahorro y la inversión.

Con la reforma, los inmuebles se someten a tres impuestos: predial, renta presuntiva e impuesto a la riqueza. Por su parte, la maquinaria y equipo pagan tres impuestos también: IVA, renta presuntiva e impuesto a la riqueza. Esto significa que en Colombia la inversión productiva paga impuestos. En el caso de la inversión extranjera las matrices y filiales pueden deducir el impuesto de renta pagado, mas no el impuesto al patrimonio. Estos factores hacen que sea más rentable irse a producir a México o Estados Unidos, donde el capital no paga impuestos.

En su análisis, Pardo elabora un modelo aplicando todos los impuestos (IVA a los bienes de capital, impuesto a la riqueza, 4×1.000, ICA, la sobretasa del CREE y la no deducibilidad de intereses por la norma de subcapitalización) a negocios con diferentes rentabilidades. Los resultados arrojan algo increíble: la tasa de tributación aumenta a medida que los negocios son menos rentables. Esto se llama un impuesto regresivo.

Respecto al ahorro de personas jurídicas y naturales, Pardo tiene en cuenta que, en el caso de las personas jurídicas, los intereses percibidos se gravan sobre su valor nominal; o sea, sin excluir la inflación. Si a ello se agrega el efecto del impuesto al patrimonio propuesto (entre 0,20% y 1,5%) el 4×1.000 y el ICA, la tasa de tributación del ahorro fluctúa entre 162% y 282% del rendimiento real. Para personas naturales la tasa va de 59% a 179%. ¡Qué desincentivo al ahorro!

La base gravable del CREE no es la misma que la del impuesto de renta, puesto que desconoce como costo las pérdidas fiscales y los excesos de renta presuntiva. Esta diferencia no se corrige en la reforma, como no se corrige el exabrupto de no reconocer al 100% los gastos pagados en efectivo, como si a los campesinos y mineros se les pagara con cheque, solo para dar un ejemplo.

Otra inequidad es que los productores de medicamentos, productos agrícolas, abonos, neumáticos y maquinaria agrícola no pueden recuperar el IVA pagado por insumos. El Congreso, en su ignorante populismo, le quitó el IVA a los insumos para el campo, lo mismo que a los medicamentos. Resulta entonces que los productores no pueden recuperar ese IVA pagado por insumos, porque no tienen contra qué cruzarlo. Y desde luego resulta más barato importar. Eso es lo que se llama una protección negativa.

La solución propuesta por Pardo es lógica: unificar el CREE con el impuesto de renta. Eliminar el IMAN y el IMAS. Permitir la deducibilidad al 100% del 4×1.000 y demás impuestos: ICA, vehículos, registro y anotación, estampillas, alumbrado público y contribución de obras públicas. Los bienes de capital deben ser exentos de IVA o se debe dejar deducirlo. No al impuesto al patrimonio. Permitir que la base gravable sean las utilidades comerciales bajo NIIF. Volver los bienes excluidos exentos para que puedan recuperar el IVA y devolver de oficio los saldos a favor del contribuyente en un lapso de tres meses.

Para compensar la pérdida en ingreso, Pardo propone subir el IVA a 18% o 20%, excluyendo alimentos, e imponer una sobretasa descendiente en el tiempo al impuesto de renta, que va desde 8% el primer año, para bajar a cero en cinco años.

La reforma está avanzando pero poco nos estamos moviendo para evitar otro esperpento como la Ley 1602 de 2012, mejor conocida como la reforma que no iba a aumentar el recaudo.

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