Una verdad, varias interpretaciones

Gaviria y ONU, claves del Gobierno

Hacia la prolongación del proceso de paz

Dice la Organización de Naciones Unidas (ONU), en sus doctrinas sobre “El Estado de Derecho y la Justicia de Transición en las Sociedades que Sufren o han Sufrido Conflictos”, que las comisiones de la verdad “son órganos oficiales, temporales y de constatación de hechos que no tienen carácter judicial y se ocupan de investigar abusos de los derechos humanos o el derecho humanitario que se hayan cometido a lo largo de varios años” (S/ 2004/616). Esa es, más o menos, la Comisión que se pactó en la mesa de La Habana, el jueves pasado, sin que todavía se haya llegado a un acuerdo definitivo. Y añade la ONU: “Las comisiones de la verdad resultan invariablemente comprometidas si se nombran apresuradamente o mediante un proceso de cariz político”. Es por ello, justamente, que deben ser autónomas e independientes, adoptando para ello “procesos consultivos” con la sociedad civil, en los que se incorporen los “criterios del público” acerca de su mandato. Lo que aún está por verse y concepto que puede validarse o improbarse a través de la prometida refrendación cuando el pacto general de fin de conflicto, entre el Gobierno y la guerrilla, se legitime o descarte.

No quiere decir lo anterior, por supuesto, que quede al margen el aparato general de justicia formal, que inclusive de demostrarse ineficaz, resistente a abrir las causas jurídicas o insuficiente para abordarlas, abre de inmediato el camino a otro instrumento de la ONU, la Corte Penal Internacional, jurisdicción del exterior acordada por Colombia desde hace décadas. Frente a ello la propia ONU acepta, sin embargo, la denominada justicia de transición, que permite cierto grado de impunidad, de acuerdo con la cual, en aras de la paz, los violadores de los derechos humanos y el derecho humanitario pueden recibir un tratamiento más flexible frente a la justicia ordinaria y el código penal correspondiente. Para ello deben establecerse claramente los mecanismos de condena, sanción y reclusión alternativos y las garantías de no repetición. De hecho, la ONU sostiene que de todas maneras “los procesos penales son importantes en el contexto de la transición… y pueden contribuir a que una sociedad salga de un período de conflicto mediante el establecimiento de una historia oficial de lo que ocurrió y por qué, incluidos registros detallados y bien sustanciados de los incidentes”. Todo ello, dentro del sistema de la ONU, suele terminar en Tribunales Penales Especiales, en los que las comisiones de la verdad son un instrumento “complementario” para restaurar la justicia y la reparación a las víctimas. De forma que la nuez del proceso de paz colombiano sigue estando en la justicia transicional que es precisamente donde está la discrepancia fundamental entre las dos partes que negocian en La Habana.

De lo anterior se desprende que, por lo menos del lado del Gobierno, se habrían adoptado dos criterios básicos. Uno, el de acoger integralmente a la ONU como fuente principal de buena parte de todo cuanto se desarrolla en Cuba, con base en un sistema integral de justicia transicional, verdad y reparación. Y dos, pese a ciertas reservas iniciales, ampararse fundamentalmente en la propuesta del expresidente César Gaviria, de acuerdo con la cual el proceso de paz ya no es exclusivamente con las FARC, sino que debe cobijar al conflicto armado en general, incluyendo a empresarios, ganaderos, militares, civiles, para-políticos y paramilitares, de modo que, además de la desmovilización guerrillera, se presente una especie de punto final social.

Bajo la sombrilla de los dos criterios gubernamentales, se apuntaría pues a que las FARC acepten someterse a la justicia transicional, dentro de un escenario de responsabilidades compartidas y en el que, así como sus integrantes recibirán la condena y reclusión respectiva, también lo harán los demás participantes de todos los sectores de la sociedad en el conflicto armado interno, bien fuera en legítima defensa, bien fuera en desarrollo de sus actividades en zonas de conflicto, bien fuera en otras circunstancias propias de una guerra de más de 50 años.

Ante ello, las FARC, en medio del pacto para la Comisión de la Verdad, sostuvo en sendos comunicados que entienden el proceso de La Habana, no como uno jurídico y de sometimiento, sino político y de transformaciones estructurales. Rechazan la justicia transicional y en efecto se cobijan bajo lo que llaman “el derecho de rebelión”, con las consecuencias derivadas del delito político establecido en la Constitución. Asimismo parecerían más bien adoptar los criterios, igualmente devenidos del sistema general de Naciones Unidas, establecidos en el artículo tres común a los Convenios y Protocolos de Ginebra que permiten encontrar salidas diferentes a los conflictos armados internos, como los acuerdos humanitarios o el desescalamiento de la guerra.

Siendo así, ambas partes, Gobierno y guerrilla, parecerían haberse puesto de acuerdo en la Comisión de la Verdad, pero con motivaciones e interpretaciones diferentes. Para el Gobierno, efectivamente, sería uno de los instrumentos que permitiría generar las condiciones del punto final, una vez las FARC entreguen las armas, se desmovilicen y cumplan las condenas y sanciones jurídicas flexibles, mientras que las FARC más bien ven en la Comisión de la Verdad el mecanismo por medio del cual podrán legitimar históricamente la sublevación e igualmente generar una plataforma política en la que puedan controvertir y recriminar, en un solo punto de masa, las actividades y procedimientos, entre otros, de la vida republicana y el sistema al que se han enfrentado con las armas en las décadas de sus actividades prolongadas. De manera, como se ve, que lo que se da, entre las dos partes, es una discrepancia de modelos, entre lo jurídico y lo político.

En general, las Comisiones de la Verdad se han establecido donde han existido regímenes dictatoriales o en sitios de muy escasa o nula democracia. Y casi siempre se sabe cómo comienzan pero casi nunca cómo terminan. Menos en un teatro de aguda polarización como el existente en el país. En el caso colombiano, por lo pronto y en la práctica, si bien es un mero anuncio es, por igual, la demostración de que se está en disposición de alargar el proceso por años. Y esa es la noticia principal.

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