Refrendación o nada

“No se requiere ni desde el punto de vista constitucional ni desde el punto de vista legal ningún tipo de refrendación popular para darle legitimidad a los acuerdos”, dijo Montealegre.

Tal reacción generaron sus declaraciones que en esta ocasión el jefe de los negociadores gubernamentales, con toda clase de precauciones, salió a precisar: “Desde el punto de vista estrictamente jurídico, el Fiscal tiene razón. Un acuerdo con las Farc no tendría que ser necesariamente sometido a refrendación. Pero el Presidente prefirió acordar con las Farc la refrendación en una decisión profundamente democrática, transparente, un acto de confianza en los ciudadanos”, dijo De la Calle.

Discrepo. Primero, si los acuerdos con las Farc suponen reformas a la Constitución, y en varios puntos parece que así es, jurídicamente es indispensable acudir a un mecanismo de refrendación. Y esos mecanismos solo pueden ser los establecidos ya en la Carta Política para reformarla: un referendo, una asamblea constituyente o una reforma constitucional vía Congreso de la República. Para tal tarea no sirven ni la consulta ni el plebiscito ni la manida “séptima papeleta” que le gusta a alguna veleta. El problema está en que el Gobierno le tiene pavor a la constituyente (porque es una caja de Pandora, porque teme que una mayoría no gubernamental la controle, porque pueda abrir las puertas a una nueva elección de Uribe), que la reforma por el Congreso exige al menos dos años (y el Congreso está desprestigiado y el Gobierno podría no tener mayorías en ciertos temas) y que el referendo, en el mejor de los casos, necesita un año porque no puede realizarse sino cuando haya acuerdos definitivos, necesita ley del Congreso y aprobación de la Constitucional. Dicho de otra manera, en octubre no será posible realizar el referendo y, en consecuencia, este no será el “año de la paz”. Y como el Gobierno teme que sin el impulso de un certamen electoral el referendo no obtenga el 25 % del censo electoral que requiere y se hunda, no se ve dispuesto a realizarlo en fecha posterior que no coincida con comicios.

Segundo, el Presidente construyó buena parte de su discurso justificatorio de los acuerdos con las Farc sobre la base de que será la gente quien manifieste su apoyo o no a lo que se firme en La Habana y que no debe haber temor a un pacto entre cúpulas, a espaldas del pueblo. De hecho, ese fue uno de los argumentos fuertes en la campaña de reelección. Estamos acostumbrados a que Santos se patrasee, pero…

Tercero, en el “acuerdo general para la terminación del conflicto” con las Farc se establece en el 6.6 que habrá un “mecanismo de refrendación de los acuerdos”. ¿Se saltarán el acuerdo las Farc y el Gobierno en el único punto donde pueden participar los ciudadanos?

Finalmente y lo más importante, la posibilidad de que los ciudadanos validen los acuerdos mediante su refrendación será lo único que les dé legitimidad. Que los firmen las Farc no les da ninguna, por la naturaleza criminal de la organización y de sus actos. Y que lo haga Santos les da muy poca, por mucho que sea el Presidente de la República. A, porque casi la mitad de los colombianos se siente traicionada por él y no le tiene ninguna confianza. B, porque aunque ganó las elecciones con ese discurso y puede alegar un mandato, su triunfo fue cuestionable tanto política como jurídicamente por razones que ya hemos expuesto en esta columna. C, fue un triunfo estrecho, por muy poco margen, y si bien eso no le impide ejercer su mandato, no lo legitima para pactar con las Farc sin que lo que acuerde pase después por aprobación popular. Finalmente porque al menos una parte de los votantes de Santos lo hicieron porque creía que eso aseguraba la continuidad de los diálogos pero no porque estén dispuestos a aprobar cualquier cosa que se firme por el Presidente con las Farc. Votar no significa renunciar a los derechos y los ciudadanos tienen derecho a refrendar o no lo que se acuerde con las Farc. No se les puede hacer conejo.

Por último, y en eso sí coincido con De la Calle, la refrendación es indispensable “para la firmeza y sostenibilidad de los acuerdos”. Sin ella, los acuerdos no valen ni el papel en que están escritos.

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