Ley de Seguridad Ciudadana

La Seguridad Ciudadana es el segundo capítulo de la Seguridad Democrática, que tuvo su centro de acción principal en las zonas rurales, básicamente. Y como la seguridad está  haciendo agua en todo el país, hay que recibir con beneplácito la Ley de Seguridad Ciudadana que sancionó el presidente Santos en Medellín, el pasado viernes.

La nueva Ley reforma artículos de los códigos Penal, de Procedimiento Penal y de Infancia y Adolescencia, con el objetivo de atacar de raíz algunos tipos delincuenciales que vienen tocando fibras sensibles de la opinión. Esto, además, en el entendido de que la inseguridad de nuestras ciudades no se origina simplemente en la pobreza y la falta de oportunidades sino que estamos siendo víctimas de verdaderas organizaciones delictivas.

El crimen evoluciona y se reinventa a pasos agigantados, y el Estado no puede cruzarse de brazos haciendo oídos sordos al clamor de la gente. De hecho, el ponente del proyecto, Alfredo Deluque, dijo que se recogió “todo lo que la Policía, la Fiscalía y los jueces han dicho que necesitan para combatir a la delincuencia organizada”, y Rodrigo Rivera expresó que “en cada consejo de seguridad nos encontrábamos con los mismos reclamos de nuestros hombres y de la comunidad acerca de que lo que se escribía con la mano se borraba con el codo por la falta de instrumentos legales adecuados”. De ahí que muchas novedades de esta Ley  interpreten esas quejas.

Por ejemplo, se había criticado la ligereza de los jueces para dejar en libertad a peligrosos delincuentes, lo que es más visible en regiones apartadas, donde el criminal es el poder de facto y el juez vive desprotegido. Ahora habrá jueces de control de garantías con jurisdicción en todo el país para legalizar esas capturas.

Igualmente, había una norma insólita que impedía realizar allanamientos después de las seis de la tarde; ahora podrán hacerse las 24 horas del día. También se da un paso gigantesco en el combate de la impunidad al aceptarse como prueba de  flagrancia de un hecho delictivo el que este sea registrado por cámaras de video, cosa que antes no se tenía en cuenta.

Asimismo, se venía sugiriendo que el Estado pudiera vender los bienes incautados mediante extinción de dominio para no tener que dedicar recursos y esfuerzos en tareas de mantenimiento y administración. Esta ley lo faculta. De otra parte, se integra a la Policía en la vigilancia de las personas que se encuentran bajo detención domiciliaria o vigilancia electrónica y se le da herramientas para controlar el orden público en escenarios deportivos.

En cuanto a nuevas tipologías, se impondrán  penas entre 10 y 17 años de cárcel a quienes utilicen o induzcan a menores de edad a la comisión de delitos; de 9 a 12 años a quien porte ilegalmente armas de fuego; de 6 a 8 años a quien manipule, reprograme, remarque o modifique los teléfonos celulares; de hasta 2 años a quien bloquee vías o medios masivos de transporte; de 3 a 5 años a quien comercialice autopartes robadas; de 1 a 5 años a quien haga disparos al aire; y de 30 a 60 años a quien trafique o venda menores de edad, entre otras.

Por supuesto, convendría que estas normas sean socializadas suficientemente a través de los medios de comunicación, sobre todo de la televisión, en horario triple A.

Claro que, como era de esperarse, ya salieron los enemigos de la mano dura a decir que esto solo servirá para congestionar más las cárceles y no para prevenir el delito. ¿Cuál es el juego de estas mentes perversas? ¿Pretenden que ningún delito sea castigado? Eso es lo que casi están logrando, tenemos una impunidad del 96 por ciento que amenaza nuestra supervivencia como país. Y aunque la nueva ley no es la panacea, es un avance en la dirección correcta.

Saúl Hernandez

Elmundo.com

Junio 27 de 2011

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