Una nota contra el despojo

Escribo con la indignación de un ciudadano colombiano del común. Los abogados somos de la catadura que con rigor nos formaron para acatar las sentencias. Pero casi siempre apelamos, aunque sepamos que vamos quizás a perder en esa instancia. En el caso de Nicaragua hay una sentencia sin apelación real. Pero ella es de una dimensión política que supera el dogma del derecho inmediato, porque tiene un elemento, también del derecho internacional, que le antecede. Me refiero al Tratado Esguerra-Bárcenas de 1928, declarado nulo de manera UNILATERAL, por una Junta de Reconstrucción Nacional, surgida de la revolución sandinista, surgimiento de las armas, aunque contra una dictadura. Esa Junta no es de origen democrática, si se va a comparar con el gobierno nicaragüense de 1928, argumento para anular el tratado en comento.

 

Por el lado contrario, el Estado colombiano nunca ha declarado nulo dicho tratado. En consecuencia sigue vigente para Colombia. Tampoco lo declaró nulo la CIJ, porque no era materia de controversia y porque esa no es de su jurisdicción y alcance. Colombia debe hacer valer ese tratado por encima del fallo que nos despoja de 100.000 kms. de soberanía sobre el mar Caribe. No es un mero desacato formal. Es apoyarnos en la tesis de que el Estado nicaragüense tiene existencia como persona internacional, cualesquiera que sea su régimen, ya sea de esencia revolucionaria, ya de facto. Ninguno de los dos procede de la democracia, pero no deja de representar al Estado de Nicaragua. Es de su esencia histórica como autodeterminación. En el caso colombiano es democrático, también de su esencia como Estado soberano y autodeterminado. Renunciar al Tratado Esguerra-Bárcenas es negar nuestra historia y nuestra existencia como Estado con continuidad no derogada, presente nacional e internacionalmente desde 1819.

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