Los argumentos del juez Armenta a favor de Petro y sus debilidades

No alcanzaron a transcurrir ni 12 horas desde que el magistrado José María Armenta suspendió el fallo de destitución contra Petro antes de que Caracol Radio anunciara [2] que la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura decidiría este miércoles si le abre una investigación disciplinaria. La razón es que pudo haber incurrido en un conflicto de interés al no haberse declarado impedido para conocer el caso porque su esposa trabaja en el Acueducto de Bogotá, entidad que actúa bajo las órdenes del alcalde.

Este hecho eclipsará seguramente el debate de fondo sobre los argumentos de Armenta para suspender el fallo, lo que evita el problema de que Santos ejecute el fallo de destitución y luego el tribunal falle de fondo la tutela a favor de Petro. La Silla leyó su auto y estos son los cinco principales argumentos del juez y las debilidades señaladas por tres constitucionalistas que lo analizaron:

1. Valida la agencia oficiosa a favor de Petro pero no dice por qué

La Constitución permite que cualquier colombiano interponga una tutela para proteger sus derechos o los de otra persona. Cuando lo hace a favor de otro se llama “agente oficioso” y en este caso, la Corte ha dicho que el que le pone la tutela debe demostrar por qué esta persona no puede tutelar por sí mismo. Es el caso de cuando los papás ponen una tutela a favor de un niño o cuando alguien está de viaje, etc. En este caso, José Gotardo Pérez actúa como agente oficioso de Petro pero no explica por qué el Alcalde no interpone la demanda por sí mismo. El juez Armenta dice que Gotardo está legitimado para hacerlo para defender sus propios derechos a elegir y los de Petro a ser elegido. Lo dice en una frase sin elaborar más al respecto.

La debilidad: El lado flaco de este argumento del juez es que si bien él podría argumentar que los derechos de los ciudadanos que votaron por Petro se verían vulnerados por la decisión de destituirlo del Procurador, toda su argumentación se centra es en Petro y no en el derecho a elegir de Gotardo.

2. Suspende el fallo para evitar daño irreversible pero analiza el fondo
En un par de párrafos, el juez Armenta justifica la medida provisional de suspensión del fallo alegando que de no hacerlo se vulnerarían los derechos de Petro y también de quienes lo eligieron.

La debilidad: Normalmente en estos casos, el juez se concentra en justificar por qué es necesaria una medida provisional mientras se estudia el fondo del asunto. Sin embargo, Armenta despacha en una frase este punto y se concentra en los aspectos de fondo como si ya estuviera fallando la tutela, que debe ser resuelta por una sala de dos magistrados en los próximos diez días.

3. Alega que él solo como magistrado puede suspender el fallo
También en un párrafo, el juez Armenta explica que dado “el carácter preferente y sumario” de la tutela, que debe resolverse en un máximo de diez días, él solo, como juez que recibió el caso, puede ordenar la suspensión del fallo.

La debilidad: Como lo dice Armenta, la ley le permite al juez de tutela suspender un fallo. Sin embargo, hacerlo solo y no como una decisión de sala lo hace más vulnerable a las críticas. Para no ir más lejos, el asunto de la vinculación de su esposa con el Acueducto no sería seguramente un tema si esta decisión tan trascendental la hubiera tomado con otros magistrados.

4. Dice que el Procurador no puede destituir a elegidos popularmente

El argumento central de Armenta para suspender el fallo del Procurador es que este carece de competencia para hacerlo. La razón que esgrime es que los funcionarios elegidos con voto popular no pueden ser desinvestidos sino por el pueblo que los eligió o por un proceso judicial de pérdida de investidura. El juez dedica varias páginas a explicar el proceso de pérdida de investidura de los congresistas y otras tantas al proceso para investigar al Presidente y Vicepresidente en la Cámara de representantes. De estos casos concluye que el Procurador puede sancionar a funcionarios de elección popular salvo los de corporaciones públicas. E incluye en este concepto de corporaciones a los alcaldes y gobernadores.

La debilidad: la flaqueza de este argumento –según los constitucionalistas consultados- es que si bien los congresistas tienen en común con los alcaldes que son elegidos popularmente en todo lo demás son diferentes. Comenzando porque los alcaldes tienen un rol ejecutivo. La argumentación de Armenta desconoce que se les aplica regímenes sancionatorios muy diferentes.

5. Alega que el Procurador violó la Convención Interamericana
Basándose en que la Convención Interamericana dice que los derechos políticos a elegir y ser elegidos solo pueden ser limitados por un juez, Armenta dice que por el bloque de constitucionalidad el Procurador no podía destituir a Petro.

La debilidad: La pregunta sobre si el Procurador puede destituir o no a funcionaros elegidos popularmente es muy compleja y hay varias posiciones al respecto. Pero la Corte Constitucional ha tomado partido aceptando que el Procurador sí puede hacerlo. Así lo hizo recientemente para validar el fallo de Ordóñez contra la entonces senadora Piedad Córdoba. Sin embargo, Armenta, para reforzar su argumento, utilliza el salvamento de voto del magistrado de la Corte Consticional Luis Ernesto Vargas en este caso. Esto vuelve vulnerable su argumento puesto que lo que constituye precedente en Colombia son las sentencias y no los salvamentos.

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