La dictadura de las mayorías

Es sorprendente que algunas personas destacadas profesionalmente acepten el argumento de Maduro de que al haber sido él elegido por la mayoría de los ciudadanos, su gobierno tiene derecho a tomar medidas como expropiaciones, detención de opositores, “control” (censura) de los medios de comunicación y otras más. La mayoría, creen, tiene derecho “democrático” de decidir lo que quiera, para ellos esa es la democracia. ¡Qué equivocación tan crasa! La democracia es el gobierno de la mayoría, sí. Pero no significa que la mayoría pueda hacer todo lo que le venga en gana, no es la “dictadura” de la mayoría. Hoy día todo régimen democrático debe respetar los derechos fundamentales de las personas, derechos que para los iusnaturalistas emanan de la propia naturaleza humana y para los positivistas del consenso de los pueblos manifestado en las Constituciones respectivas.

Sus bases fueron puestas, primero, en 1787,  por la Convención Constitucional de Filadelfia en los Estados Unidos y dos años más tarde por la aprobación de los Derechos del Hombre por la Asamblea Nacional Constituyente francesa. Después, estos derechos fundamentales han sido consagrados y reiterados por más de 150 tratados internacionales tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU (1948) y la Convención Americana de Derechos humanos (1969, Pacto de San José). Los gobiernos que no respetan estos derechos fundamentales son considerados gobiernos de facto, es decir, dictatoriales. Entre esos derechos fundamentales se encuentran no solo el no ser arbitrariamente detenido (Leopoldo López), a ser juzgado por jueces independientes (María Corina Machado), libertad de opinión (clausura de televisoras y estrangulamiento de periódicos), a manifestarse pacíficamente (supresión violenta de manifestaciones de protesta), a la independencia del legislativo y el judicial respecto al ejecutivo, etc., etc. Ni hablemos de Cuba o del Ecuador. Como ha dicho contundentemente el juez estadounidense Robert H. Jackson en famosa sentencia (caso Barnette, 1943), “Quienes comienzan por eliminar por la fuerza la discrepancia terminan pronto por eliminar a los discrepantes. La unificación obligatoria del pensamiento y de la opinión sólo obtiene unanimidad en los cementerios (…)”

Las democracias nominales, las que de democracias solo tienen el nombre, como las famosas democracias populares soviéticas o la República Popular Democrática de Corea, poca deferencia tienen por los mencionados derechos fundamentales y todo se les va en vociferar que son las verdaderas democracias y que sus regímenes son los que realmente interpretan el sentir popular por lo que sus ciudadanos los apoyan con el 99% de los votos.

Es necesario que los ciudadanos tomen conciencia de cuáles son sus derechos fundamentales para que los puedan defender cuando regímenes, como el  de Venezuela hoy día, los pisotean.

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Nota. ¿Será que el alcalde interino Rafael Pardo, con sus ideas sobre el Pico y Placa, nos hará lamentar la salida de Petro?

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