EL FISCAL Y LA MERMELADA PUNITIVA

Ha hecho noticia la reciente propuesta pública del Fiscal General de la Nación ‒quien cada vez parece ser menos un funcionario judicial y más un gran actor de la vida política, muy cercano al denostado expresidente Samper y al presidente Santos,‒ en un debate auspiciado por un periódico capitalino denominado “Víctimas y su derecho a la verdad, la justicia y la reparación”, sobre las sanciones que deberían imponerse a los criminales involucrados en el conflicto colombiano, en el marco de la mal llamada “justicia restaurativa”.

El meollo de lo planteado no radica tanto en que se investiguen los crímenes y se impongan las condignas sanciones porque el Fiscal, al estilo de la Ley de Justicia y Paz, parece propender por ello a cuyo efecto clama por la expedición de una ley estatutaria que reglamente el Marco Jurídico para la Paz; la dificultad estriba es en la forma como la idea discrimina entre “grupos guerrilleros” y miembros de la Fuerza Pública.

En efecto, para los primeros ‒los que secuestraron y asesinaron a los once diputados; o degollaron a los policías en Arboleda y, borrachos, jugaron fútbol con sus cabezas‒, las penas alternativas a la prisión sugeridas son “el trabajo social comunitario, la participación de los máximos responsables en programas de restablecimiento social, como el desminado, y que contribuyan a desmontar las estructuras de guerra, y un gran trabajo de acercamiento entre víctima y victimario a través de trabajo social” (EL TIEMPO COM, 29-IV); todo ello con la posibilidad de participar en política si los delitos son calificables como de guerra.

Para los segundos ‒como quienes, por sucias recompensas, llenaron de ludibrio y enlodaron a las Fuerzas Armadas, mediante el asesinato de desempleados o indigentes presentados como “guerrilleros”‒, en relación con los cuales no se piensa en la justicia restaurativa, se proponen “regímenes penitenciarios abiertos” para que purguen sus penas privativas de libertad, con arrestos nocturnos o de fines de semana, amén de tribunales independientes de los ordinarios, pluralistas e integrados por diversas especialidades, “como en la Corte Penal Internacional” (¡bonito marco!).

Sin embargo, el Acto Legislativo 01-2012 dispone: “una Ley estatutaria podrá autorizar que, en el marco de un acuerdo de paz, se dé un tratamiento diferenciado para los distintos grupos armados al margen de la ley que hayan sido parte en el conflicto armado interno y también para los agentes del Estado, en relación con su participación en el mismo” (artículo Transitorio 66, inciso 2º). Esa norma, en contra de lo dicho por Montealegre Lynnet ‒quien ahora también quiere ser el hermeneuta oficial‒, no dispone que se deba hacer una separación entre los dos grupos sino que a ellos se les ha de dar “un tratamiento diferenciado” en relación con los demás delincuentes, por supuesto.

Así las cosas, para esos efectos no se puede olvidar quiénes son los iguales y los desiguales si, de forma cabal, se quiere aplicar la regla de oro de la justicia que reclama Norberto Bobbio (Derecha e Izquierda, página 148): tratar a los iguales de una manera igual y a los desiguales de una manera desigual. ¡Si no es así, la absurda discriminación no se justifica, es inconstitucional e ilegítima! Por ello, suena desdeñoso que a los unos se les someta a la “justicia restaurativa” (que ni es Justicia ni se acompasa del todo a la Constitución que resulta sustituida) y se les imponga un “trabajo social” y, a los otros, se les quiera contentar con la “prisión abierta”, concepto este también necesitado de distintas precisiones.

Si el Estado va a claudicar ante los criminales, debería disponer que se les investigue a todos ‒no solo a los cabecillas‒ y, una vez impuestas las sanciones penales correspondientes, disponer penas alternativas similares que sean sanciones de verdad y no chistes de pésimo mal gusto. ¡Ahora, pues, como ocurre con la descomposición política que Santos abandera, se propone que haya mermelada punitiva!.

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