Información, publicidad, opinión

En la redacción de la nueva ley electoral, tener una posición editorial clara podrá acarrear sanciones catastróficas.

Es imposible abarcar en unas líneas una reforma político-electoral tan extensa como la que se acaba de aprobar en el Congreso. Pero vamos a detenernos sobre un tema que puede ser clave en el futuro: las nuevas normas respecto a la información y la publicidad en las elecciones.

Dice la nueva ley que entre los causales de anulación de las elecciones está la “cobertura informativa indebida”, un delito en el que se caería cuando, “tratándose de programación y de espacios informativos o noticiosos, sea evidente que, por su carácter reiterativo y sistemático, se trata de una actividad publicitaria dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos y no de un ejercicio informativo”. Más adelante se aclara que “no serán objeto de inquisición judicial ni censura, las entrevistas, opiniones, editoriales y el análisis de cualquier índole que sin importar el formato sean el reflejo de la propia opinión o creencias de quien las emite”.

La redacción es confusa y llevará a interminables conflictos que devendrán, en última instancia y como implícitamente lo reconoció Lorenzo Córdova, en entrevista con Pascal Beltrán del Río, en la postura (discrecional por definición) que decida adoptar el INE sobre el tema. El tema es sencillo y vamos a utilizar ejemplos externos para ejemplificar el caso: elecciones en Estados Unidos. La cadena Fox consistentemente apoya al candidato republicano, le da más espacio, editorializa en su favor, difunde información que golpea al candidato demócrata. Mientras tanto, CNN tiene preferencias por el demócrata, le da más espacio, editorializa en su favor, difunde información crítica para su rival. Mientras ninguna de las dos cadenas mienta, ninguna debería estar cometiendo un delito o una falla ética: es su línea editorial. Dan Rather, uno de los periodistas más importantes en la historia de Estados Unidos, tuvo que dejar su espacio en CBS porque emitió en el célebre programa 60 minutos un reportaje con documentos falsos (que él creyó auténticos; en realidad lo engañaron conscientemente) sobre irregularidades en el servicio militar de George Bush Jr. Pero no dejó su espacio porque lo obligaron las leyes electorales estadunidenses, sino el código ético de la propia empresa de comunicación y del periodista, que aceptó públicamente su error.

En la redacción de la nueva ley electoral, tener una posición editorial clara (como ocurre con los medios en toda democracia) no sólo podrá acarrear sanciones catastróficas para cualquier medio, sino incluso podría llevar a anular las elecciones, pero al mismo tiempo se dice que todas las opiniones, entrevistas, editoriales y análisis estarán libres de censura. ¿Quién establece ese límite entre información y opinión?

Porque se habla de programas informativos o noticiosos, pero no establece cuáles son. Por ejemplo: ¿sirve la norma legal sólo para los noticiarios pero no para las telenovelas?, ¿la ficción debe ser evaluada de la misma forma que la información? Es más, ¿en qué categoría entra el humor político? Se dice que se trata de tener equidad: ¿se le debe dar el mismo espacio a los candidatos que son punteros en una contienda que a uno que tiene una presencia marginal?

La oferta periodística de un medio (de un periodista) se determina precisamente por el equilibrio que decide darle a su información. No se pueden falsear los hechos, pero se seleccionan, se ponen en contexto, se opina sobre ellos y en muchas ocasiones se debe tomar partido. Y el lector, el radioescucha, el televidente, decide cuál de esos enfoques, de esa selección de la información, prefiere y hace suya. En una sociedad como la nuestra, con tal cantidad de medios de comunicación y tanta oferta, con la apertura que le dan a la misma las redes y el internet, es absurdo tratar de calificar legalmente no sólo la calidad de la información, sino hasta su intencionalidad. ¿Quién decidirá si al expresar una opinión u ofrecer una entrevista se está ante un acto publicitario o un ejercicio de la libertad de información?, ¿qué sucederá cuando, como ocurre muchas veces, un candidato decide no dar entrevistas a ciertos medios?, ¿se le obligará a hacerlo para mantener la equidad?, ¿el medio tendrá el derecho de volcarse sólo a los aspirantes que sí quieren aparecer en sus espacios?

Sin duda ha habido excesos en estos temas por medios y por partidos, formas burdas de publicidad encubierta. Pero tenemos un público lector, radioescucha, televidente (¿Por qué estas normas no se aplican a la red?) que sabe discernir. Y ciudadanos, comunicadores, medios, que tenemos derecho a opinar y seleccionar la información en nuestros espacios. La nueva regulación lo olvida, y lo único que logrará será colocar sobre la mesa una opción ideal para contaminar las relaciones políticas y otorgar armas para poner en duda la legitimidad de cualquier elección donde no haya voluntad de aceptar los resultados.

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