La desfigurada tutela

No hay duda alguna respecto a que la creación, por la Constitución de 1991, del recurso de tutela, ha sido abusada y desvirtuada de su finalidad original, siendo el ejemplo más claro el caso de su abuso por parte de Gustavo Petro, destituido alcalde de Bogotá y hoy restaurado en su cargo, precisamente, por un fallo de tutela. La tutela, en sí misma, es un buen recurso para proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos, cuando no tengan otros medios de defensa a su disposición y para evitar un perjuicio irremediable (Artículo 86 C. N.). Desafortunadamente y sin que la Corte Constitucional haya logrado imponer el espíritu del constituyente, este recurso se ha convertido en otra instancia, mejor, en múltiples instancias, ya que siempre hay la posibilidad de que se instaure una nueva tutela contra una anterior o que, como en el caso aberrante de Petro, se interpongan muchas, aproximadamente 400 en esta oportunidad. Las múltiples tutelas tienen la ventaja para el recurrente que, de pronto, alguna “pega”, que algún juez, por razones jurídicas (o no jurídicas), le falle a favor, por ejemplo, que algún juez decida que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que no es tribunal alguno, tenga facultad para obligar a tomar medidas cautelares, atribución que nadie les ha dado, y peor, contra normas constitucionales colombianas. Parece que al Consejo Superior de la Judicatura no le ha pasado por la mente sancionar estos abusos a jueces que deciden sin apego a la Constitución o abogados que interponen tutelas en representación de personas que no tienen nada que ver con el caso recurrido y sí clara intención de dilatar la aplicación de decisiones judiciales.

La tutela ha tomado tanta importancia en Colombia por la extremada demora de la justicia en fallar y, raro, los jueces sí obedecen los muy cortos términos de la tutela. Sin embargo, no debe ser otra instancia, ni poder interponerse contra sentencias judiciales, ni decidida por jueces no familiarizados con el tema (el fallo a favor de Petro, de contenido de derecho internacional y constitucional, fue decidido por dos magistrados de una “Sala de Restitución de Tierras”), ni conceder pensiones desmedidas por esta vía, ni ser decidida por jueces sin consideración a la cuantía, ni estar sujeta a otra decisión de tutela posterior, ni ser motivo adicional de la congestión judicial. Todo esto ha conducido a una gran inseguridad jurídica, a un mayor desprestigio de los jueces colombianos, a una justicia a la disposición de quienes tengan los medios económicos para pagar ilimitados honorarios de abogados. Contrario a lo que dice el rector del Externado de Derecho o Enrique Peñalosa, la tutela no funciona correctamente. Coincidimos con el presidente Santos en que el “uso indiscriminado” de esta figura “está llevando al país a un caos administrativo y político”.

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