Los acuerdos de la discordia

En el Acuerdo de Participación Política firmado por el Gobierno Nacional y las FARC encontramos demasiadas coincidencias que suscitan hondas preocupaciones por su alcance político y afectación del ordenamiento constitucional.

Enumeraré 16 que merecen mayor debate.

1. En el punto 2.1.1.1 se consagra la constitución de una Comisión de Garantías (una entre muchas en los otros Acuerdos) con participación de expertos y de representantes de movimientos sociales para la expedición de un Estatuto de la Oposición. Aquí se está desconociendo una función esencial del Congreso en franca violación de la Constitución.

2. Se estipula la creación de un “Sistema Integral de Seguridad” para el ejercicio de la política que se encargue de trazar políticas de tolerancia, convivencia y solidaridad. Tendrá un “Mecanismo de control interno” que se basará en principios de soberanía, no intervención y libre determinación de los pueblos. Entendemos que estos principios son reivindicados por Estados constituidos y reconocidos, no por partes de un conflicto interno, a no ser que se le otorgue carácter de Estado a la guerrilla. La guerrilla podría presentarse como un Estado dentro del Estado.

3. Se creará una “Instancia de Alto Nivel” (más comisiones, camino a una parainstitucionalidad y paraestatalidad) que ponga en marcha el “Sistema Integral de Seguridad para el ejercicio de la política”, que contempla entre otras tareas y responsabilidades, la revisión del Marco Normativo para los delitos contra los políticos, en especial los surgidos del Acuerdo. Otra suplantación del Congreso que irá quedando como rey de burlas.

4. Se creará un “Sistema de Alertas Tempranas” para la protección de los elegidos por las FARC a cargos de representación política. El Estado colombiano se despoja de esta responsabilidad y se deja meter en otro organismo paraestatal.

5. En el espíritu del anterior punto, se creará otro “Sistema de Planeación, Información y Monitoreo” del “Sistema…” con participación de delegados de ONG internacionales. El Estado declina su deber y lo pone en manos de ONG de común acuerdo con las FARC.

6. Como si las anteriores no fuesen suficientes, se acuerda crear una “Comisión” (otra) de seguimiento y evaluación de desempeño del “Sistema Integral de Protección”. Imaginemos el enredo, los reclamos, los desajustes, los encontrones y las denuncias permanentes que saldrán de este aparataje.

7. Se creará un Comité (que es lo mismo que una comisión) de investigación de los delitos contra la política y especialmente contra la oposición. De nuevo el Estado es suplantado.

8. Se expedirán medidas para el fortalecimiento, reconocimiento y empoderamiento de los movimientos sociales. Aflora aquí la idea de democracia directa tan cara a los populistas, como si la Constitución no reconociera los derechos a la protesta, a la huelga y demás. La guerrilla apunta a crear un poder de las masas, callejero y levantisco. 9. Se presentará un proyecto de ley de garantías y promoción de la participación ciudadana y de los movimientos sociales (emanado de alguna comisión). Más leyes y aparatos en función de la movilización permanente de las masas.

9. Se Creará un “espacio” y un “mecanismo” de diálogo con voceros de organizaciones y movimientos sociales. Como si el Estado tuviera la obligación de “unir y coordinar” dichos movimientos. Más “democracia directa” que significa confrontación permanente.

10. Creación de una Comisión (otra) para elaborar normativa de garantías para los movimientos sociales y convertirla en “política pública” (otro encontrón con la Constitución a la que habría que ajustar con este esperpento).

11. El punto 2.2.3 (página 10) Estipula la concesión de medios de comunicación (emisoras, canales de tv, periódicos) a las comunidades y a los movimientos sociales en especial a los de las zonas de mayor conflicto. Por supuesto, donde las guerrillas tienen su influencia.

12. Se creará un “Consejo Nacional de Reconciliación y Convivencia” con secciones regionales y veedurías ciudadanas. Así, el país irá quedando en manos de todos estos organismos conformados a partes iguales. Lo que existe ya no servirá para nada.

13. Se revisará la conformación y las funciones de los Consejos Territoriales de Planeación. Esto equivale al proceso de desmonte de las instituciones que para el efecto ya están establecidas. El gobierno accede a incluir modificaciones que alteran el sistema de gobierno que dependerá de las presiones de la nueva institucionalidad ligada a los movimientos sociales donde residirá, de hecho, el nuevo poder, el poder popular.

15. Se procederá a una “Reforma del Régimen y Organización Electoral (página 17) que expedirá el estatuto de la Oposición en el que se entiende que las guerrillas serán esa oposición. ¿En que queda el Consejo Electoral?, ¿cambiarán las circunscripciones electorales?, ¿Eso no tiene que ver con la Constitución y con el Congreso?

16. El punto 2.3.6 (página 18) habla de la creación de “Circunscripciones Territoriales de Paz”. Este es una de las concesiones más riesgosas para el país puesto que garantiza la presentación exclusiva de candidatos de las guerrillas en sus zonas de influencia, una violación flagrante de la estructura democrática.

Después de leer con detalle este Acuerdo, se entiende perfectamente que sí se han hecho enormes e innecesarias concesiones a las FARC, de tal suerte que sin decirlo y sin reconocerlo, se cambian las formas de la democracia y, por ende, la Constitución vigente. El preámbulo del Acuerdo expresa de una forma en apariencia inofensiva una filosofía entreguista puesto que acepta pulir y ajustar la noción de democracia con una organización terrorista: “La construcción y consolidación de la paz… requiere de una ampliación democrática que permita que surjan nuevas fuerzas…Es importante ampliar y cualificar la democracia como condición…de la paz…La firma e implementación del Acuerdo Final contribuirá a la ampliación y profundización de la democracia…” Las FARC terminan dictando lecciones de democracia.

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