¿Contra Mancuso o contra Uribe?

Me resulta entendible que la magistrada ponente, Alexandra Valencia, haya tardado más de tres años en producir un fallo condenatorio.

Juzgar a Salvatore Mancuso no era fácil. Lo dije en mi anterior columna y lo reitero ahora. Por eso me resulta entendible que la magistrada ponente, Alexandra Valencia, haya tardado más de tres años en producir un fallo condenatorio, con luces, sombras y aspectos debatibles, como todos. Sin embargo, lo que definitivamente no comparto es el manejo que le ha dado a ese expediente como pieza no solamente judicial sino también política.

Hace ocho días, les contaba del malestar que existe en el Tribunal Superior de Bogotá por cuenta de las modificaciones inconsultas entre el texto que fue entregado a otros dos magistrados que componen la sala de justicia y paz y la lectura pública de esa sentencia. Curiosamente, la magistrada Valencia se arrepintió a última hora de compulsar copias a la Comisión de Acusaciones para que investigaran a sus jefes, los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, por la elección del exfiscal Mario Iguarán, que, según el decir de alias ‘el Iguano’ y del propio Mancuso, estuvo comprada.

Si los testimonios de los exparas le resultaron a la magistrada esclarecedores para tantas otras cosas, no entiendo por qué ese apartado que estaba incluido en el fallo original fue sustraído a última hora.

Pero menos entiendo el tufillo de selectividad presente en buena parte del texto judicial. En el fallo se establece que Salvatore Mancuso “ingresó a las Autodefensas en 1991” y se sostiene que el paramilitarismo fue patrocinado por funcionarios del Estado central de la época. La pregunta es ¿por qué no se fustiga a los exministros de entonces de la misma forma como se menciona a los funcionarios de la administración de Uribe? En la sentencia se afirma también que el Bloque Catatumbo incursionó en Norte de Santander en el año de 1999, pero queda la impresión de que la única franja cruenta que merece la pena investigar es aquella entre el 2002 y el 2004.

Al tiempo que la magistrada Valencia se aterra de los testimonios de los exparas por las alianzas políticas de este grupo con líderes uribistas, soslaya otras componendas de los mismos paras, por ejemplo, con el exalcalde de Cúcuta Ramiro Suárez, que a su vez tuvo acuerdos con el hoy ministro del interior, Juan Fernando Cristo. ¿Por qué las obvió?

Algo más me resulta contradictorio: la sentencia sostiene que el objetivo principal de los paramilitares en el Catatumbo no fue la lucha contra la guerrilla, como lo registra el colega Juan Esteban Lewin, de La Silla Vacía, en un resumen de este fallo.

Posteriormente menciona la sentencia de que el narcotráfico “fue la principal fuente de financiación” del Bloque Catatumbo (página 244) y deja ver que el propósito central del grupo paramilitar era controlar el mercado del narcotráfico en Norte de Santander.

Si ello es tan contundente como lo expresa la magistrada, ¿por qué no excluyó de Justicia y Paz a Mancuso como se ha hecho en otros procesos con ‘Gordo Lindo’ o el ‘Tuso’ Sierra? ¿Era elegible un tipo como Mancuso que no combatió las estructuras guerrilleras por su naturaleza política sino para asegurarse de no perder el control del tráfico de droga?

Algo o mucho no cuadra en toda esta historia. Hay vacíos jurídicos visibles y premisas políticas efectistas pero judicialmente no probadas en la sentencia contra Mancuso frente a las cuales se están levantando, con sus salvamentos y aclaraciones, los otros dos magistrados que componen la sala.

Ojalá la magistrada Valencia haya obrado simplemente con ligereza y que los errores se remedien en la segunda instancia. No quisiera creer que su cercanía con opositores de Uribe, como Iván Cepeda y Piedad Córdoba -con quienes algunas fuentes sostienen que se encontró días antes de proferido el fallo-, hayan tenido que ver con el tono revanchista que en varios apartes se hace evidente.

Ya se verá qué pasará en la etapa de apelación de esta sentencia que, por cierto, debía surtir su primera audiencia el próximo 18 de noviembre pero que la magistrada canceló por “motivos personales de imperiosa necesidad”. ¿Será esta una condena contra Mancuso o más bien contra Uribe Vélez? Díganlo ustedes.

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