Justicia desigual

¿De qué paz podemos hablar cuando la justicia se politiza? Según los estudios especializados en el tema, en Colombia contamos con una de las peores administraciones de justicia del planeta. De hecho es ya costumbre que cada año se lleve a cabo un paro judicial sin que ello afecte al diario vivir de los colombianos.

No obstante, a pesar de que los habitantes no contemos con una adecuada prestación del servicio de administración de justicia y que no nos haga falta y que a causa de ello seamos, se me ocurre decir a mí, una de las naciones más violentas del mundo, no significa que ella pueda politizarse, esto es convertirse en una herramienta puesta al servicio de una ideología determinada o de una cuadrilla de ciudadanos específicos.

Eso es lo que está sucediendo hace unos cuantos años por estos pagos. El primer paso lo dio la Corte Suprema de Justicia, especialmente su Sala de Casación Penal, que en vista de que el entonces presidente Uribe no contaba con una seria e inteligente oposición política, decidió fungir de partido político de oposición, con el agravante de que sus posturas no se ventilaban en el seno del Parlamento sino se vertían en providencias judiciales de condena y medidas de aseguramiento.

Tan protuberante ejemplo fue seguido por el ahora Fiscal General de la Nación, quien sin sonrojo ninguno tiene la desfachatez de declarar el homicidio del doctor Galán como de lesa humanidad pero, por su parte, el del doctor Gómez Hurtado es para él un homicidio más pues su condición de militante conservador no le permite hacerse a la inmortalidad de su émulo liberal.

Lo suyo ha de predicarse con el archivo de las investigaciones penales contra el alcalde Petro por la flagrante violación a la ley de contratación estatal. Declarar sin fundamento alguno la caducidad de varios contratos de concesión; contratar a dedo a entidades oficiales que no contaban con la probada idoneidad para ejecutar las tareas encomendadas; hacer todo ello sin los estudios previos que demanda la norma y en franca violación al debido proceso y al deber de planeación contractual y, por supuesto, en contravía de todos los dictámenes periciales del caso, es para la Fiscalía una cuestión menor, indigna de reproche judicial por cuanto el titular de la conducta es un amnistiado de un otrora proceso de paz.

Ello contrasta con la sentencia a más de 17 años de prisión proferida contra el exministro conservador Andrés Felipe Arias quien solamente se equivocó en llamar subsidio lo que realmente era un incentivo agrícola. Se le sentencia, a saber, por la celebración indebida de contratos pues nunca debió haber contratado mediante la modalidad de contratación directa a un organismo adscrito a la OEA con el que el propio Ministerio llevaba contratando de manera continua por más de una década. La orden de “renuévese ese contrato” le valió una condena ejemplar, mientras que para la Fiscalía la celebración directa de la Empresa de Acueducto para llevar a cabo la recolección de basuras le pareció “ajustado a la ley” a pesar de que el Acueducto ni siquiera contaba con ese objeto social ni mucho menos con la experiencia e idoneidad necesarias para el efecto.

Saquen ustedes sus propias conclusiones.

Miembro de la Corporación Siglo XXI

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