Los límites del delito político

La definición de delitos políticos y sus conexos no es una simple etiqueta normativa. Implica una reinterpretación de nuestra cruenta historia y aceptar ahora lo que considerábamos inadmisible.

Son muy grandes los sapos que los colombianos tendrán que tragarse para poder llegar a un acuerdo con las Farc y poder cumplirlo luego, reitera el presidente Juan Manuel Santos cada que tiene oportunidad.

Y las ocasiones para recordarlo se irán sucediendo a medida que los asuntos más polémicos y difíciles de digerir por la opinión pública vayan siendo dosificados al ritmo del momento político que el Gobierno y sus negociadores consideren más oportuno.

Hace unas semanas fue la llegada en grupo a La Habana de varios de los más temibles jefes guerrilleros, como alias ‘Romaña’, conocido de autos por sus acciones criminales, para incorporarse a la mesa de diálogos. Pero con la vista puesta a largos años, esto será anecdótico. La presencia desafiante de jefes de frentes y cuadrillas que, a la larga, es con quienes se pretende llegar a acuerdos de desmovilización y deposición de las armas, es un punto ineludible en el proceso de paz.

Lo que no será para nada anecdótico será la transición jurídica que permitirá que todos estos acuerdos se acoplen a las normas vigentes y se ajusten a la Constitución y a los instrumentos internacionales de derechos humanos que hacen parte de nuestro bloque de constitucionalidad.

Ya la Carta Política ha sido ajustada, mediante disposiciones transitorias del Marco Jurídico para la Paz, en el cual se delega a una ley estatutaria la definición, por parte del Congreso, de cuáles serán considerados delitos políticos y conexos para efectos de lograr “una paz estable y duradera”.

El Presidente de la República y su jefe negociador en La Habana, el exvicepresidente Humberto De la Calle, han insistido en las últimas semanas en ampliar el abanico de los delitos que pueden considerarse políticos} y conexos a él, pues de seguir con una noción restringida del mismo, la paz, a su juicio, será muy difícil.

Este es uno de los más complejos y trascendentales retos que la sociedad colombiana tendrá que resolver. Porque si desde hace por lo menos 25 años este país ha juzgado como terrorismo o actos de lesa humanidad muchos de los crímenes que la guerrilla ha cometido contra la población civil, y ha condenado toda clase de desafueros contra las personas más vulnerables, ahora podría transmutarse nuestra historia y su interpretación, para hacer de estos crímenes una especie de “faltas” que en el fondo lo que buscaban, al amparo de la definición conceptual del delito político, era construir “una sociedad mejor”.

Los delitos políticos permitirán a quienes incurrieron en ellos ser beneficiados con indultos, amnistías, ser elegidos para cargos de elección popular o nombrados en el sector público. Podrán limpiar su hoja de vida, o su prontuario, como coadyuvantes en la edificación de un “mejor país”.

Para asumir este debate con argumentos y no simple emotividad, recordamos las palabras de un reconocido jurista, respetado hombre público y colombiano de la mejor buena fe: “La fibra central (de los indultos y amnistías) ha sido la figura del delito político, al cual se le ha atribuido tradicionalmente un móvil altruista (…). Pero la cuestión ha cambiado (…). Queda claro que hay un límite para el perdón. Y que este límite es infranqueable. (…) Con respeto, señalo que hoy en día la retórica del perdón indiscriminado no tiene asidero. Ni en la ley doméstica, ni en la internacional, ni en el sentimiento de la gente”. (Humberto De la Calle, “Reconciliación sí. ¿Pero perdón?”. El Espectador, 20 de febrero de 2011).

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