Visión de la paz sin impunidad

“Un balance que se torna indispensable”

Las Farc están empeñadas en imponer la idea de que los crímenes que han cometido durante tantos años se justifican porque no son victimarios sino víctimas del Estado.

Por eso repiten, insistentemente, que hay que remover todos los obstáculos jurídicos para alcanzar la paz, es decir, que lograrla requiere que se les garantice la impunidad.

Proclaman que no reconocen el marco jurídico para la paz y que eso de las leyes nacionales e internacionales son “maleza jurídica” que debe ser erradicada.

Y, ahora, con motivo de la iniciación de una nueva ronda de conversaciones volvieron a reiterarlo. Lo hicieron señalando que, así como el Protocolo II no se les aplica a los delincuentes comunes, tampoco se les puede someter a los “rebeldes”, dice esa organización terrorista, a las mismas normas que definen la suerte legal de las bacrim.

Las Farc siguen creyendo que en el mundo de hoy se acepta la vieja concepción del delito político.

Las cosas cambiaron sustancialmente y en el momento actual lo que predomina es un esfuerzo universal para combatir la impunidad.

Por esa razón cientos de Estados suscribieron el Estatuto de Roma mediante el cual se crea la Corte Penal Internacional.

Los firmantes de ese instrumento internacional se comprometieron a que sus autoridades investiguen y juzguen a los autores de los delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra.

Asimismo, aceptaron que si eso no ocurre porque las instituciones nacionales no quieren o no pueden hacerlo lo haga la CPI con carácter subsidiario.

De ahí que cualquier acuerdo al que eventualmente lleguen el Gobierno y las Farc tiene que respetar dichas obligaciones.

En esta materia no puede haber equivocaciones, ni es posible partir de la base de que, como se trata de hacer la paz, un entendimiento entre esos interlocutores puede producir el efecto mágico y legal de derogar los deberes que tiene el Estado colombiano.

La comunidad internacional no aceptará que las conversaciones concluyan con impunidad total para las Farc, como tampoco será aceptable para los colombianos que ese sea el resultado de las negociaciones en Cuba.

Ahora bien, la realidad de la situación jurídica de los integrantes de ese grupo debe precisarse.

¿Cuántos han sido condenados por delitos políticos y conexos? ¿Cuál es el número de los investigados por esas infracciones a la ley penal?

¿Está claro quiénes son autores de delitos de lesa humanidad y genocidio antes y después de 2002, año en el que entró en vigor el Estatuto de Roma?

¿Se conocen los investigados o condenados por crímenes de guerra antes y después de 2009, teniendo en cuenta que Colombia hizo uso de la posibilidad de no reconocer la competencia de la Corte sobre esos delitos durante siete años, contados a partir del 2002?

Ese balance, que puede complementarse con otras preguntas, es indispensable para saber de qué se está hablando en realidad, desde el punto de vista de las medidas de transición que se acuerden.

Para quienes hayan sido condenados o estén siendo investigados por delitos políticos y conexos hay posibilidades legales de gran tradición en nuestro país. Con respecto a los que han cometido los crímenes contemplados en el Estatuto de Roma tiene que haber investigación, juicio y castigo para los responsables.

En estos casos pueden acordarse medidas de transición como penas alternativas, pero la justicia es inescapable. De lo contrario, se desconocería el sagrado derecho de las víctimas a la verdad.

Lo que tiene que tenerse presente es que impunidad total no puede haber.

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