Historia judicial de la violencia

Una sentencia judicial parece declarar como indicio grave de delito la negociación con los paramilitares. Quienes celebran esto por ser contra un opositor deberán mirar su propia situación.

Por lo menos la mitad de los 12 integrantes de la Comisión Histórica del Conflicto y sus Víctimas (CHCV), que se constituyó en la mesa de conversaciones con las Farc en La Habana, atribuyeron en su Informe Final la responsabilidad del conflicto interno al Estado colombiano, a sus gobiernos y a sus dirigentes. La otra mitad, en sus análisis histórico-políticos, también señalaron las responsabilidades que por acción y omisión le caben al Estado.

Posteriormente se anunció un acuerdo, aún secreto y cuyos alcances no se conocen, para constituir una jurisdicción especial de paz por fuera de los cauces establecidos en la Constitución aún vigente, compuesta por magistrados colombianos y extranjeros cuyo proceso de elección también se oculta a los colombianos, para que procesen, juzguen y condenen a todos los que de una u otra forma han intervenido en el conflicto interno, no solo a la guerrilla.

Quien piense que aquellos informes de la Comisión Histórica del Conflicto que recogen las posiciones ideológicas de la guerrilla no servirán de criterio inspirador para esta jurisdicción especial “de Paz”, pecan de grave ingenuidad.

De hecho, de forma inmediata al anuncio de esa jurisdicción especial el fiscal general, Eduardo Montealegre, notificó que uno de sus procesados sería el expresidente y hoy senador Álvaro Uribe, por supuestas actuaciones que se le atribuyen como gobernador de Antioquia.

Paralelo a todo esto, el pasado viernes se conoció una sentencia, fechada el 24 de septiembre de 2015, elaborada por el magistrado Rubén Darío Pinillla Cogollo, de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, en la cual repite, y declara judicialmente probado, que la responsabilidad por el surgimiento y actuación del paramilitarismo corresponde, junto con sus cabecillas, al Estado colombiano y a sus agentes, en especial a los miembros de las Fuerzas Armadas.

La sentencia, de 786 páginas, se atribuye expresamente la función de constituir una historia judicial del paramilitarismo, pues al asumir su contenido dentro de los lineamientos de la justicia transicional, incorpora el principio de contextualización, y por ende no se limita a juzgar los hechos de los desmovilizados de justicia y paz que son objeto del proceso penal, sino que expande su actuación hasta límites similares a los de la Comisión Histórica del Conflicto, pero enfocada a la historia de los paramilitares.

En esta sentencia se hace un juicio concreto y directo, con atribución a título de responsabilidad directa a pesar de no ser sujeto procesal ni parte en el expediente, al expresidente Álvaro Uribe. Este, con razón, ha señalado que se le procesa y condena sin fórmula de juicio, sin posibilidades de contradicción.

Llama la atención que en la sentencia se le reproche una y otra vez la negociación con los paramilitares. Quienes celebran desde el ámbito político este arrinconamiento judicial al exmandatario, deben poner en remojo sus propias barbas: los mismos argumentos podrán ser aplicables en el inmediato futuro a quienes negociaron con la guerrilla.

Hace poco, también el expresidente Andrés Pastrana fue condenado patrimonialmente por un tribunal del Chocó a indemnizar a las víctimas de la masacre de Bojayá, ordenada y ejecutada por las Farc. Pero los políticos andan ocupados en sus propias mezquindades. Cuando a todos ellos les sean aplicadas por analogía estas decisiones judiciales, y a todos les sean endilgados por acción u omisión los múltiples crímenes de guerrilla y paramilitares, depronto recordarán que hubo una época en que tuvieron en sus manos la posibilidad de mantener en pie un verdadero Estado de Derecho.

Share on facebook
Facebook
Share on google
Google+
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn

Buscar

Facebook

Ingresar