Aunque la vistan de seda…

Las cosas son lo que son, sin importar como las nombremos. Y que las nombremos de una manera o de otra no cambia su naturaleza. Un rito satánico es eso, aunque haya quien lo llame misa.

Pues bien, aunque las Farc y el Gobierno se empeñen en llamar “acuerdo especial” del derecho internacional humanitario (DIH) a los pactos que han alcanzado en Cuba, no lo son. Para empezar, porque su naturaleza es una muy distinta. Los acuerdos especiales están consagrados en el artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y tienen el único propósito de “poner en vigor la totalidad o parte de las disposiciones de [los] convenio[s]”. Ese artículo 3, idéntico en los cuatro Convenios, es la única norma de ellos directamente aplicable de los conflictos armados no internacionales (o internos), como el que sufrimos nosotros. Así, la protección del DIH en conflictos internos es limitada porque las demás disposiciones de esos Convenios se aplican en conflictos armados internacionales. Para poder ampliar la protección del DIH en conflictos internos, los Convenios establecieron los “acuerdos especiales”. De manera que el único fin de esos acuerdos es la de extender a los conflictos internos algunas medidas de protección de los internacionales. El contenido de los acuerdos especiales es únicamente el DIH, proteger a la persona humana en medio de un conflicto armado. Esa es su naturaleza. Pactos sobre tierras o narcotráfico, como los de La Habana, no tienen nada que ver con el DIH y su propósito es muy distinto. Nunca serán, por mucho que digan otra cosa las Farc y el Gobierno, “acuerdos especiales”.

Por otro lado, no sobra recordar que los acuerdos especiales son propios del derecho internacional y que no cambian su naturaleza ni expanden su contenido aunque un Estado, o en este caso el gobierno de un Estado y un grupo guerrillero, hayan decidido nombrar de esa manera lo que pactan entre ellos. Tampoco cambiarían porque una corte constitucional como la nuestra dijera, y es capaz de hacerlo, que los pactos de Cuba son acuerdos especiales. Un Estado no puede unilateralmente modificar las normas y la naturaleza del derecho internacional. Solo pueden hacerlo los Estados en su conjunto.

Ahora, el Gobierno y las Farc también se equivocan al sostener que el supuesto “acuerdo especial” de Cuba entraría a hacer parte del bloque de constitucionalidad. El bloque está conformado por las normas de derechos humanos plasmadas en la Constitución y las de los tratados de derechos humanos y DIH ratificados por Colombia. Primero, los acuerdos especiales no son tratados internacionales: lo reconoció expresamente De la Calle. Y, segundo, en todo caso lo que hace el bloque de constitucionalidad es la materia, no la forma: normas constitucionales e internacionales de derechos humanos y DIH. Lo que se ha pactado en Cuba nada tiene que ver con ellos.

Además, si lo pactado en La Habana hiciera parte de la Carta Política de la forma en que lo proponen, significaría que las Farc y el Gobierno tiene poder constituyente, poder de definir el contenido de la Constitución. ¡Y no, no lo tienen! La única manera en que lo pactado puede entrar a la Carta es a través de uno de los únicos tres modos consagrados en ella para ser reformada: un acto legislativo en el Congreso, un referendo o una constituyente. Ninguna otra. Arrogarse poder constituyente como lo hacen es dar un golpe de Estado. Parcial. Desde el mismo gobierno. Pero un golpe de Estado a la democracia, a las instituciones republicanas y al estado de derecho.

Pero los errores se agravan. Las Farc y el Gobierno sostienen que como lo pactado en Cuba es supuestamente parte del bloque de constitucionalidad, sería intocable. Así, las Farc y el Gobierno pretenden dar un zarpazo al pueblo soberano (y al Congreso y los constituyentes que lo representan), quieren arrebatarle su derecho a definir la Constitución y a reformarla. Es la teoría de Montealegre. Y tiene el mismo espantoso tufo antidemocrático y autoritario.

Digan lo que digan De la Calle e “Iván Márquez”, lo pactado en La Habana no es ni será nunca un acuerdo especial. Ni hace parte del bloque de constitucionalidad. Ni es intocable. Aunque la vistan de seda….

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