Maduro va a eliminar a la oposición con una Ley mordaza contra la homofobia y el fascismo.

Esta semana la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela ha publicado la ‘Ley contra el odio, por la convivencia pacífica y la tolerancia’, algo así como la versión venezolana de la ‘Proposición de Ley contra la discriminación por orientación sexual, identidad o expresión de género y características sexuales, y de igualdad social de lesbianas, gais, bisexuales, transexuales, transgénero e intersexuales’ de Podemos en España.

Pero en la que mete en un mismo saco, no sólo la “homofobia” sino cualquier ataque contra el Gobierno de Maduro y hasta a los partidos “que promuevan el fascismo”.El dictador venezolano Nicolás Maduro resuelve su ley mordaza en 25 artículos, mientras que la propuesta presentada por la formación liderada por Pablo Iglesias y elaborada por los grupos de presión LGTBI tiene casi un centenar.

Entrando en menos detalles, como es lógico, por su menor extensión, la Ley Mordaza venezolana plantea en esencia las mismas coherciones contra la libertad de pensamiento y de expresión; el derecho de los padres a elegir la educación de los hijos; la libertad de prensa, etc.

Maduro se reserva obligar a todos los medios a que publiquen media hora semanal de consignas acordes a la ley mordaza bolivariana

Uno de los artículos más explícitos al respecto es el número 13, que establece que “se prohibe toda propaganda y mensajes a favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, de orientación sexual, identidad de género, expresión de género y de cualquier otra naturaleza que constituya incitación a la discriminación, la intolerancia o la no violencia”.

Asimismo se obliga a los medios de comunicación a difundir este tipo de mensajes. Aún más, “el Estado podrá ordenarle a los prestadores de estos servicios la difusión de estos mensajes por un tiempo de 30 minutos semanales”.

Para aquellos medios que no se avengan a esta imposición, se prevén multas de entre el 3 y el 4% “de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior a aquel en el cual se cometió la infracción”.

La Ley obliga a que los partidos políticos incluyan en sus estatutos sanciones para quienes inclumpan los preceptos de esta ley. “En caso de abstenerse de incluir dichas normas […] el Consejo Nacional Electoral revocará su suscripción“, señala el artículo 11, titulado “Pohibición de partidos políticos, organizaciones y movimientos sociales que promuevan el odio, la intolerancia y la guerra”.
Penas de prisión de hasta 20 años

La llamada Ley Constitucional contra el odio, por la convivencia pacífica y la tolerancia, prevé penas privartivas de libertad de ocho a diez años para todo funcionario policial o militar que voluntariamente “se abstenga, omita o retarde intervenir” para hacer cumplir esta ley.

Esta pena de prisión también es aplicable a todo “personal de salud” que se oponga a la norma.

Esto supone una intromisión evidente en el derecho a la objeción de ciencia y de conciencia de los profesionales sanitarios, por ejemplo en el caso de que se les soliciten tratamientos de hormonación para personas transexuales o asuntos similares.

También prevé penas de 10 a 20 años años para quien “promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia” en los casos señalados.

Además, será considerado como “agravante” que el hecho punible “sea ejecutado o incrementado por pertenencia real o presunta de la víctima a determinado grupo” de los citados.

Esta disposición supone en la práctica que a todo el que se le aplique la ley se le aplicará la agravante y se le impondrá la máxima pena (20 años de cárcel).

Para asegurarse de que todos los venezolanos conocen esta Ley Mordaza, la norma obliga a todos los medios de comunicación a publicitarla “en su totalidad”.
Comisión política para su aplicación

La Ley prevé que una Comisión Para la Promoción y Garantía de la Convicencia Pacífica sea la encargada de ejecutar lo dispuesto. Entre sus funciones están el diseño de las políticas públicas, la formulación de propuestas, coordinar estas políticas, etc.

Asimismo, tiene entre sus atribuciones “dictar las medidas de aplicación inmediata por parte de los todos los órganos y entes del Poder Público”.

Dicha comisión está formada 15 integrantes “designados y designadas (sic) por la Asamblea Nacional Constituyente” entre los que se encuentran varios ministros, el presidente del Tribunal Supremo, el Fiscal General, el Defensor del Pueblo, el Defensor Público General y el rector del Consejo Nacional Electoral.

Share on facebook
Facebook
Share on google
Google+
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn

Buscar

Facebook

Ingresar