Caso de Maza Márquez a la JEP provoca primer choque en la Corte Suprema

La razón que expusieron los magistrados de la Sala Penal es que la competencia para la revisión de un fallo ejecutoriado es de ellos.

Los magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia consideraron que la Sala de Primera instancia de ese tribunal no tenían las competencias para remitir el expediente del general (r) Miguel Maza Márquez a la Jurisdicción Especial de Paz.

La razón que expusieron los magistrados de la Sala Penal es que la competencia para la revisión de un fallo ejecutoriado es de ellos y por eso eran quienes decidían si se enviaba o no a la JEP.

La Sala Penal recordó que, según el Acto Legislativo 01 de 2017, conocerá de la revisión «cuando se dirija contra una sentencia que esa misma corporación haya dictado en única o primera instancia, siempre y cuando no se trate de un miembro de la Fuerza Pública o de las Farc».

De igual forma afirmó que «es la que debe decidir si el proceso que juzgó tiene relación con el conflicto armado».

Explicó que los magistrados de la sala de primera instancia incurrieron en un error frente a Maza Márquez porque no fue juzgado por su condición de general sino como director del DAS y es necesario determinar si sus actuaciones tuvieron relación con el conflicto armado.

«Se oficiará a la sala de definición de situaciones jurídicas de la JEP para que remita inmediatamente el asunto a la sala de Casación Penal de la Corte Suprema», señala el documento.

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