Ridículo internacional

Al término de la II Guerra Mundial se creó, en San Francisco, la ONU con el propósito de mantener la paz y la seguridad internacionales, lo que ejerce a través del Consejo de Seguridad, un órgano que tiene importantes atribuciones en esta materia pero que debe desempeñarlas de acuerdo con los principios y propósitos de la organización.

Los derechos humanos, que la Carta llama los derechos fundamentales del hombre, aparecen también en ella y la Declaración universal es fruto de ese propósito, así como los Pactos de Derechos Civiles y Políticos y Económicos, Sociales y Culturales que tienen sus propios órganos de manejo elegidos por la Asamblea General de la ONU pero independientes de la misma. En ninguna parte aparecen facultades para la ONU o para el Consejo de Derechos Humanos para intervenir en asuntos internos de los Estados. El Consejo y el Comisionado carecen en absoluto de facultades punitivas y se limitan a hacer declaraciones y promover los derechos humanos.

Algo similar sucede con la Corte Penal Internacional (CPI), un tribunal facultado para juzgar individuos, no Estados, por violaciones graves al derecho de guerra, genocidio o infracciones al derecho internacional humanitario. Según el artículo 15, el Fiscal puede iniciar con base en las denuncias, investigaciones preliminares contra individuos y luego precluirlas o acusarlos ante la Corte. En el caso colombiano hay denuncias desde 2004 que no han conducido ni a lo uno ni a lo otro. Pero la Fiscal y el vicefiscal vienen periódicamente a  meter las narices en el curso del proceso de paz, para lo cual no están facultados.

Lo mismo sucede con el representante de la ONU y la Alta Comisionada de Derechos Humanos y su delegado en Colombia que, como virreyes, pretenden suplantar al gobierno en materias que no les incumben, como decir que la ley estatutaria de la JEP debe ser sancionada “de inmediato”, lo que, según los constitucionalistas, corresponde exclusivamente al presidente y, en todo caso, es un problema entre él y el congreso.

Recientemente, algunos personajes, unos personajillos y una cauda de ilustres desconocidos enviaron una carta sobre el tema al Secretario de la ONU, al Consejo de Seguridad y a la CPI.

Dicen las malas lenguas que fue el representante de la ONU el que sugirió enviar esa carta. Los firmantes son los mismos que impulsaron al gobierno anterior a desconocer el resultado del plebiscito del 2 de octubre de 2016. No pueden, por ende, fungir como los defensores a ultranza del respeto a la constitución y a la ley.

En realidad la carta es una acusación contra el presidente Duque y su gobierno: “el gobierno del presidente Iván Duque Márquez persiste en formular nuevos obstáculos, o en intentar revivir debates ya superados en el trámite legislativo de las normas que deben regular el funcionamiento del recién inaugurado sistema de justicia transicional. La más reciente de esas trabas es el conjunto de objeciones a la Ley Estatutaria de la JEP.”

¿Quién va a resolver esa acusación? La ONU no tiene facultades y tampoco la CPI porque no se trata de un crimen de lesa humanidad, ni un genocidio, ni una infracción al derecho internacional humanitario, sino de un problema legal interno que debe resolverse en el foro soberano de la nación.

Están haciendo el ridículo internacional.

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Coda: Bien haría el alcalde en sugerir a don Trancón Bocarejo, el Secretario de la Inmovilidad, que se viniera a vivir a Bogotá para que se dé cuenta de dónde están los problemas y que éstos no se resuelven con poner policías acostados y trabas al tráfico vehicular.

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