La extradición de ‘Santrich’ tiene dividida jurídicamente a la JEP

Dos, de cinco magistrados, dicen que pedir evidencia a EE. UU. es invadir su jurisdicción.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) está a días de tomar una decisión de fondo sobre la suerte del exjefe guerrillero ‘Jesús Santrich’, solicitado en extradición por Estados Unidos y señalado de intentar enviar 10 toneladas de coca después de la firma del proceso de paz.

Esa jurisdicción ha sido prudente sobre la posición que asumirá, pero EL TIEMPO obtuvo de manera exclusiva evidencia de que el tema también ha generado divisiones entre los magistrados de la Sala de Revisión, que deberán decidir si prima el derecho a la verdad, que reclaman las víctimas de las Farc, o el tratado de extradición, que Washington defiende.

En actas en poder de este diario consta que dos de los togados no estuvieron de acuerdo en pedirle a la justicia de Estados Unidos las pruebas contra ‘Santrich’ y dijeron que el hecho —registrado en octubre pasado— invadía la jurisdicción de ese país y podía golpear los acuerdos binacionales en materia de cooperación judicial.

Se trata de las magistradas Claudia López Díaz y Gloria Amparo Rodríguez, quienes les advirtieron a sus compañeros (Jesús Ángel Bobadilla, Caterina Heyck Puyana y Adolfo Murillo Granados) que, en su criterio, solicitarle a Estados Unidos que sustentara ante ellos la extradición de ‘Santrich’ es desconocer los pilares de la tradición legal entre Washington y Bogotá.

“Bajo ninguna consideración el Estado colombiano, dentro de un trámite de extradición pasiva, puede involucrarse en el fondo de la solicitud de extradición, exigir prueba de los fundamentos que la sustentan ni cuestionar los elementos de la presunta responsabilidad penal de la persona pedida, como lo consideró, en forma desacertada, la mayoría de la Sección”, se lee en el salvamento de voto que emitió López. Y agregó: “Tales cuestiones son del resorte exclusivo de los Estados Unidos”.

Pero fue más allá al expresar que “(la Sala) no tiene competencia para investigar, juzgar, cuestionar o someter a corroboración la fecha de ocurrencia de la conducta atribuida en el ‘indictment’ ”.

Además, precisó que “(se) desconoció la autoridad judicial extranjera y los tratados internacionales sobre cooperación judicial internacional, por cuanto se dudó de la legalidad del ‘indictment’ ”.

Su tesis la respaldó la magistrada Rodríguez, aunque su salvamento de voto fue parcial. Ella dejó claro que la decisión llevó tácitamente a dudar del material probatorio con el que la justicia estadounidense sustenta la extradición.

“La decisión desconoció que para que el Gran Jurado del distrito sur de Nueva York apruebe un escrito de acusación debe encontrar que la evidencia que le presenta la Fiscalía apunta a la existencia de una causa probable”, precisó.

¿Extralimitan funciones?

Y si bien ambas magistradas coinciden en que la JEP sí tiene la facultad para recaudar material probatorio con el fin de determinar si la comisión de un delito por el que se pide en extradición a un ex-Farc es posterior a la firma del acuerdo de paz (diciembre del 2016), advierten que esa “potestad es limitada”.

En este punto, dicen que puede haber una extralimitación de funciones de la JEP al entrar a dudar de la legalidad del ‘indictment’ y desconocer la autoridad judicial extranjera y los tratados internacionales de cooperación judicial.

“Con esta decisión la Sección podría poner en riesgo la cooperación judicial internacional, que, además de la extradición, incluye figuras tales como el decomiso y la incautación de bienes, asistencia legal recíproca, protección de testigos y víctimas, entre otros”, enfatizó la magistrada López.

Se da por descontado que las magistradas sigan con sus posturas y que la decisión de extraditar a ‘Santrich’ (que marcará un derrotero jurídico) sea apretada. A eso se une la polémica por el supuesto retiro de visas de ingreso a Estados Unidos a magistrados, que también podría afectar a miembros de la JEP, como ya sucedió con su fiscal Carlos Bermeo y su jefe administrativa Martha Zamora.

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